05/02/04
    
    04/02/04 – SE APRUEBA CONVENIO ENTRE EL MTOP Y SENDA
    S.R.L.
    VISTO: el Convenio -obrante en autos- suscrito con
    fecha 19 de diciembre de 2003, entre el Ministerio de Transporte y Obras
    públicas y la empresa SENDA S.R.L.
    
    RESULTANDO: I) Que la empresa mencionada es acreedora
    de la Administración, de la suma de $3:249.916 (IVA incluido), por concepto
    de intereses moratorios originados en el no pago en fecha de algunos de los
    certificados de la obra:."Mantenimiento Rutinario de Regional VI"
    
    II) Que las partes acordaron en $1:949.,950 el monto
    que debe abonar la Administración por los conceptos prealudidos y a su vez
    fijaron el cronograma de pagos y la forma de documentar los mismos
    
    III) Que existe al respecto informe contable
    formulado por la División Apoyo de la Dirección Nacional de Vialidad que
    indica los recursos con que se atenderán las erogaciones mencionadas y a la
    existencia de crédito disponible, según consulta formulada al ZIF
    
    IV) Que el Tribunal de Cuentas de la República
    (Oficina Central-Carpeta N°201.151) ha tomado la intervención previa que
    le compete, sin formular objeciones al respecto
    
    ATENTO: a lo dispuesto por el artículo 55 del Pliego
    de Condiciones de la Dirección Nacional de Vialidad para la
    "Construcción de Puentes y Carreteras", aprobado por el Decreta
    N°8/990 de 24 de enero de .1990 y Decreto N°298/003 de 23 de julio de 2003
    
    EL .PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
    RESUELVE:
    1°.- Apruébase -en todas sus partes- el Convenio
    suscrito con fecha 19 de diciembre de 2003, entre el Ministerio de
    Transporte y Obras Públicas y la empresa SENDA S.R.L., destinado a abonar a
    dicha firma los intereses moratorios pendientes de resolución, originados
    por el no pagó en fecha de los certificados de la obra: "Mantenimiento
    Rutinario de Regional VI"
    
    2°.- Autorízase a dichos. fines la inversión de la
    suma de $1:949.950 (pesos uruguayos un millón novecientos cuarenta y nueve
    mil novecientos cincuenta) incluido el IVA, la cual se atenderá con cargo a
    la Ley N°17.296 de 28 de febrero de 2001, Inciso 10, Programa 003, Proyecto
    730, Financiación 1.1 Rentas Generales, Ejercicio 2003
    
    3°.- Comuníquese, tome nota el Contador Central
    delegado del Tribunal de Cuentas de la República, destacado en el
    Ministerio de Transporte y Obras Públicas y vuelva a la Dirección Nacional
    de Vialidad de dicha Secretaría de Estado a fin de notificar al interesado
    y dar cumplimiento al Convenio aprobado.-