05/02/04
04/02/04 – SE APRUEBA CONVENIO ENTRE EL MTOP Y SERVIAM
S.A.
VISTO: el Convenio -obrante en autos- suscrito con
fecha 19 de diciembre de 2003, entre el Ministerio de Transporte y Obras
Públicas y la empresa SERVIAM S.A.
'RESULTANDO: I) Que la empresa mencionada es
acreedora de la Administración, de la suma de $19:459.738 (IVA incluido),
por concepto de intereses moratorios originados en el no pago en fecha de
algunos de los certificados de las obras: "Mantenimiento por Contrato
en Zonas VII y IX" y "Demarcación en frío de la Red
Secundaria"
II) Que las partes acordaron en $11:675.843 el monto
que debe abonar la Administración por los conceptos prealudidos y a su vez
fijaron el cronograma de pagos y la forma de documentar los mismos
III) Que existe al respecto informe contable
formulado por la División Apoyo de la Dirección Nacional de Vialidad que
indica los recursos con que se atenderán las erogaciones mencionadas y a la
existencia de crédito disponible, según consulta formulada al SIIF
IV) Que el Tribunal de Cuentas de la República
(Oficina Central-Carpeta N°201.149) ha tomado la. intervención previa que
le compete, sin formular objeciones al respecto
ATENTO: a lo dispuesto por el artículo: 55 del
Pliego de Condiciones de la Dirección Nacional de Vialidad para la
"Construcción de Puentes y Carreteras", aprobado por el Decreto
N°8/990. de 24 de enero de 1990 y Decreto N°298/003 de 23 de julio de 2003
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
1°.- Apruébase -en todas sus partes- el Convenio
suscrito con fecha 19 de diciembre de 2003, entre el Ministerio de
Transporte y Obras Públicas y la empresa SERVIAM S.A., destinado a abonar a
dicha firma los intereses moratorios pendientes de resolución, originados
por el no pago en fecha de los certificados de las obras:
"Mantenimiento por Contrato en Zonas VII y IX" y
"Demarcación en frío de la Red Secundaria"
2°.- Autorizase a dichos fines la inversión de la
suma de $11:675.843 (pesos uruguayos once millones seiscientos setenta y
cinco mil ochocientos cuarenta y tres) incluido el IVA, la cual se atenderá
con cargo a la Ley N°17.296 de 28 de febrero de 2001, Inciso 10, Programa
003, Proyecto 730, Financiación 1.1 Rentas Generales, Ejercicio 2003
3°.- Comuníquese, tome nota el Contador Central
delegado del Tribunal de Cuentas de la República, destacado en el
Ministerio de Transporte y Obras Públicas y vuelva a la Dirección Nacional
de Vialidad de dicha Secretaria de Estado a fin de notificar al interesado y
dar cumplimiento al Convenio aprobado.-