05/02/04
    
    04/02/04 – SE APRUEBA CONVENIO ENTRE EL MTOP Y
    CONSORCIO MANTENIMIENTO VIAL
    VISTO: el Convenio -obrante en autos- suscrito con
    fecha 17 de diciembre de 2003, entre el Ministerio de Transporte y Obras
    Públicas y el CONSORCIO MANTENIMlENTO VIAL
    
    RESULTANDO: I) Que la empresa mencionada es acreedora
    de la Administración, de la suma de $17:258.928 (IVA incluido), por
    concepto de intereses moratorios originados en el no pago en fecha de
    algunos de los certificados de la obra: Mantenimiento de Accesos a
    Montevideo
    
    II) Que las partes acordaron en $10:355.351 el monto
    que debe abonar la Administración por los conceptos prealudidos y a su vez
    fijaron el cronograma de pagos y la forma de documentar los mismos
    
    III) Que existe al respecto informe contable
    formulado por la División Apoyo de la Dirección Nacional de Vialidad que
    indica los recursos con que se atenderán las erogaciones mencionadas y a la
    existencia de crédito disponible según consulta formulada al SIIF
    
    IV) Que el Tribunal de Cuentas de la República
    (Oficina Central-Carpeta N°201.134) ha tomado la intervención previa que
    le compete, sin formular objeciones al respecto
    
    ATENTO: a lo dispuesto por el artículo 55 del Pliego
    de Condiciones de la Dirección Nacional de Vialidad para la
    "Construcción de Puentes y Carreteras", aprobado por el Decreto
    N°8/990 de 24 de enero de 1990 y Decreto N°298/003 de 23 de julio de 2003
    
    EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
    RESUELVE:
    1°.- Apruébase -en todas sus partes- el Convenio
    suscrito con fecha 17 de diciembre de 2003, entre el Ministerio de
    Transporte y Obras Públicas y el CONSORCIO MANTENIMIENTO VIAL, destinado a
    abonar a dicha firma los intereses moratorios pendientes de resolución,
    originados por el no pago en fecha de los certificados de la obra:
    Mantenimiento de Accesos a Montevideo
    
    2°.- Autorízase a dichos fines la inversión de la
    suma de $10:355.357 (pesos uruguayos diez millones trescientos cincuenta y
    cinco mil trescientos cincuenta y siete) incluido el IVA, la cual se
    atenderá. con cargo a la Ley N°17.296 de 28 de febrero de 2001, Inciso 10,
    Programa 003, Proyecto: 730, Financiación 1.1 Rentas Generales, Ejercicio
    2003
    
    3°.- Comuníquese, tome nota el Contador Central
    delegado del Tribunal de Cuentas de la República, destacado en el
    Ministerio de Transporte y Obras Públicas y vuelva a, la Dirección
    Nacional de Vialidad de dicha Secretaría de Estado a fin de notificar al
    interesado y dar cumplimiento al Convenio aprobado.-