20/02/04
18/02/04 - INCLUSIÓN EN EL INVENTARIO DE CANTERAS DE
OBRAS PÚBLICAS DE YACIMIENTO DE MATERIAL GRANULAR DEL DEPARTAMENTO DE
RIVERA
VISTO: estos antecedentes relacionados con el
yacimiento de material granular de origen granítica ubicado en el padrón
N°8629 de la 5a Sección Judicial
del Departamento de Rivera
RESULTANDO: I) Que la Dirección Nacional de Vialidad
del Ministerio de Transporte y Obras Públicas, estima necesario la
inclusión de dicho yacimiento en el Inventario de Canteras de Obras
Públicas, a que refiere el artículo 250 de la Ley N°16.320 de lo de
noviembre de 1992, dada la necesidad de contar con la precitada cantera para
su utilización en la obra denominada: "Construcción del Refuerzo de
Pavimento de Ruta 5, entre Arroyo Sauce y 462km000"
II) Que el Departamento Letrada de dicha Secretaría
de Estado, se expide por Informe N°30/04 de 30 de enero de 2004, sin
formular objeciones al respecto
CONSIDERANDO: que las Canteras incluidas en el
referido inventario no están regidas por las disposiciones del Código de
Minería y que rigen por consiguiente las normas de derecho común
aplicables en la materia
ATENTO: a lo dispuesto en el artículo 250 de la Ley
N°16.320 de 1° de noviembre de 1992
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
1°.- Inclúyase en el Inventario de Canteras de
Obras Públicas, a cargo de la Dirección Nacional de Vialidad del
Ministerio de Transporte y Obras Públicas, el siguiente. bien: yacimiento
de material granular de origen granítico ubicado en el padrón N°8629 de
la 5a Sección Judicial del
Departamento de Rivera, propiedad del Sr. Darwin Wilman Silveira Pereira
2°.- Autorízase a la firma RAMÓN C. ÁLVAREZ S.A.,
adjudicataria de las obras denominadas: "Construcción del Refuerzo de
Pavimento de Ruta 5, entre Arroyo Sauce y 462km000", a utilizar el
material a extraer de la precitada cantera, para la construcción de los
trabajos precitados
3°.- Comuníquese, publíquese y vuelva. a la
Dirección Nacional de Vialidad del citado Ministerio, a sus efectos.-