20/02/04 

18/02/04 - INCLUSIÓN EN EL INVENTARIO DE CANTERAS DE OBRAS PÚBLICAS DE YACIMIENTO DE MATERIAL GRANULAR DEL DEPARTAMENTO DE RIVERA

VISTO: estos antecedentes relacionados con el yacimiento de material granular de origen granítica ubicado en el padrón N°8629 de la 5a Sección Judicial del Departamento de Rivera

RESULTANDO: I) Que la Dirección Nacional de Vialidad del Ministerio de Transporte y Obras Públicas, estima necesario la inclusión de dicho yacimiento en el Inventario de Canteras de Obras Públicas, a que refiere el artículo 250 de la Ley N°16.320 de lo de noviembre de 1992, dada la necesidad de contar con la precitada cantera para su utilización en la obra denominada: "Construcción del Refuerzo de Pavimento de Ruta 5, entre Arroyo Sauce y 462km000"

II) Que el Departamento Letrada de dicha Secretaría de Estado, se expide por Informe N°30/04 de 30 de enero de 2004, sin formular objeciones al respecto

CONSIDERANDO: que las Canteras incluidas en el referido inventario no están regidas por las disposiciones del Código de Minería y que rigen por consiguiente las normas de derecho común aplicables en la materia

ATENTO: a lo dispuesto en el artículo 250 de la Ley N°16.320 de 1° de noviembre de 1992

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

RESUELVE:

1°.- Inclúyase en el Inventario de Canteras de Obras Públicas, a cargo de la Dirección Nacional de Vialidad del Ministerio de Transporte y Obras Públicas, el siguiente. bien: yacimiento de material granular de origen granítico ubicado en el padrón N°8629 de la 5a Sección Judicial del Departamento de Rivera, propiedad del Sr. Darwin Wilman Silveira Pereira

2°.- Autorízase a la firma RAMÓN C. ÁLVAREZ S.A., adjudicataria de las obras denominadas: "Construcción del Refuerzo de Pavimento de Ruta 5, entre Arroyo Sauce y 462km000", a utilizar el material a extraer de la precitada cantera, para la construcción de los trabajos precitados

3°.- Comuníquese, publíquese y vuelva. a la Dirección Nacional de Vialidad del citado Ministerio, a sus efectos.-