20/02/04
17/02/04 - SE APRUEBA FALLO DEL TRIBUNAL DE HONOR
DIVISIONARIO N° 1 "B" REFERENTE AL TENIENTE 1° ELBIO LABORDE
VISTO: el fallo emitido por el Tribunal de
Honor Divisionario Nro. 1 «B», que juzgó la conducta del señor Teniente
1ro. don Elbio Laborde.-
CONSIDERANDO: I) que el mencionado Tribunal
estableció que el señor Oficial Subalterno antes citado, se encuentra
comprendido en el Límite 8, literal 1 del artículo 108 del Reglamento de
los Tribunales de Honor de las Fuerzas Armadas, «Amonestación por falta
leve», haciendo constar que la falta cometida es un hecho aislado que
afecta la buena educación y conducta del amonestado-
II) que se formulan exhortaciones tendientes a mejorar su
conducta.-
ATENTO: a que el Comando General del Ejército
comparte el mencionado fallo, y a lo establecido en los artículos 104 y 120
en la redacción dada por el artículo 1ro. del Decreto 291/000 de 10 de
octubre de 2000, ambos del Reglamento de los Tribunales de Honor de las
Fuerzas Armadas, aprobado por Decreto 55/985 de 8 de febrero de 1985.-
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
1ro.- Apruébase el fallo emitido por el Tribunal de
Honor Divisionario Nro 1 «B», que estableció que el señor Teniente 1ro.
don Elbio Laborde se encuentra comprendido en el Límite 8 literal 1 del
artículo 108 del Reglamento de los Tribunales de Honor de las Fuerzas
Armadas, «Amonestación por falta leve», haciendo constar que la falta
cometida es un hecho aislado que afecta la buena educación y conducta del
amonestado-
2do.- Comuníquese, publíquese y pasen estos
antecedentes a la Dirección Personal Militar del Ministerio de Defensa
Nacional a los efectos que determina el artículo 120 del Reglamento de los
Tribunales de Honor de las Fuerzas Armadas, en la redacción dada por el
artículo 1ro. del Decreto 291/000 de 10 de octubre de 2000. Cumplido, pase
al Comando General del Ejército. Oportunamente, archívese-