20/02/04 

17/02/04 - SE APRUEBA FALLO DEL TRIBUNAL DE HONOR DIVISIONARIO N° 1 "B" REFERENTE AL TENIENTE 1° ELBIO LABORDE

 VISTO: el fallo emitido por el Tribunal de Honor Divisionario Nro. 1 «B», que juzgó la conducta del señor Teniente 1ro. don Elbio Laborde.-

CONSIDERANDO: I) que el mencionado Tribunal estableció que el señor Oficial Subalterno antes citado, se encuentra comprendido en el Límite 8, literal 1 del artículo 108 del Reglamento de los Tribunales de Honor de las Fuerzas Armadas, «Amonestación por falta leve», haciendo constar que la falta cometida es un hecho aislado que afecta la buena educación y conducta del amonestado-

II) que se formulan exhortaciones tendientes a mejorar su conducta.-

ATENTO: a que el Comando General del Ejército comparte el mencionado fallo, y a lo establecido en los artículos 104 y 120 en la redacción dada por el artículo 1ro. del Decreto 291/000 de 10 de octubre de 2000, ambos del Reglamento de los Tribunales de Honor de las Fuerzas Armadas, aprobado por Decreto 55/985 de 8 de febrero de 1985.-

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

RESUELVE:

1ro.- Apruébase el fallo emitido por el Tribunal de Honor Divisionario Nro 1 «B», que estableció que el señor Teniente 1ro. don Elbio Laborde se encuentra comprendido en el Límite 8 literal 1 del artículo 108 del Reglamento de los Tribunales de Honor de las Fuerzas Armadas, «Amonestación por falta leve», haciendo constar que la falta cometida es un hecho aislado que afecta la buena educación y conducta del amonestado-

2do.- Comuníquese, publíquese y pasen estos antecedentes a la Dirección Personal Militar del Ministerio de Defensa Nacional a los efectos que determina el artículo 120 del Reglamento de los Tribunales de Honor de las Fuerzas Armadas, en la redacción dada por el artículo 1ro. del Decreto 291/000 de 10 de octubre de 2000. Cumplido, pase al Comando General del Ejército. Oportunamente, archívese-