20/02/04
18/02/04 – SE MODIFICA RESOLUCIÓN DEL P.E. DE
05/05/2003 QUE EXONERA DE TRIBUTOS A URUGUAYAN AMERICAN SCHOOL
VISTO: estos antecedentes en los cuales la
asociación civil Uruquayan American School, solicita modificación de la
Resolución del Poder Ejecutivo de 5 de mayo de 2003.-
RESULTANDO: I) que por el citado acto administrativo
se declaró a la referida asociación, exonerada del pago de determinados
tributos, en ocasión de la importación de los bienes detallados en listado
adjunto que formaban parte de la referida Resolución, por un valor de U$S
617.869,00 (seiscientos diecisiete mil ochocientos sesenta y nueve dólares
de los Estados Unidos de América), al encontrarse amparada por los
artículos 69° de la Constitución de la República y 134° de la Ley N°
12.802, de 30 de noviembre de 1960.-
II) que con fecha 1° de julio de 2003, se presenta
la gestionante solicitando la modificación del referido acto, alegando que
hubo un cambio importante con respecto a los proveedores de iluminación,
por lo que solicita se considere la sustitución del listado de los ítems
"artículos iluminación Fierro Vignoli S.A., valor U$S
12.836,30", por el agregado a fojas 55. -
CONSIDERANDO: que se mantienen las causales que
justificaron la exoneración tributaria de referencia y no existiendo
impedimento legal, puede accederse a la modificación solicitada.-
ATENTO: a lo informado por la División Técnico
Fiscal y la Asesoría Jurídica del Ministerio de Economía y Finanzas.-
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
1°) Modifícase la Resolución del Poder Ejecutivo
de 5 de mayo de 2003, por la que se declaró a la asociación civil
"Uruguayan American School", exonerada del pago de determinados
tributos, con motivo de la importación de determinados bienes detallados en
listado adjunto a la referida Resolución, al estar amparada la asociación
por los artículos 69° de la Constitución de la República y 134° de la
Ley N° 12.802, de 30 de noviembre de 1960, en el sentido que se sustituye
el ítem correspondiente a "Artículos iluminación-Fierro Vignoli
S.A." por un monto de U$S 12.836,30 (doce mil ochocientos treinta y
seis dólares de los Estados Unidos de América con 30/100), según proforma
N° 2003/0001. Por "Luminarias Darko S.A.", por un valor total CIF
Zona Franca de Montevideo de U$S 8.614,66 (ocho mil seiscientos catorce
dólares de los Estados Unidos con 66/100) según detalle que obra en
factura 003597 de los bienes adjunto, por lo que el valor total autorizado a
importar asciende a U$S 613.647,36 (seiscientos trece mil seiscientos
cuarenta y siete dólares de los Estados Unidos de América con 36/100).-
2°) Comuníquese, notifíquese y archívese.-