la gestión
promovida por el Comando General del Ejército para la suscripción de un
Convenio Marco a celebrase entre el Instituto Nacional de Investigaciones
Agropecuarias (INIA) y el mencionado Comando General.-
RESULTANDO: que por el citado Convenio Marco las
partes establecen como objetivo coordinar acciones operativas y
programáticas vinculadas a la generación y difusión de tecnologías
agropecuarias y preservación de los recursos naturales con los que cuenta
nuestro país.-
CONSIDERANDO: I) que ello contribuye a aunar
esfuerzos al servicio de intereses nacionales, promoviendo a la vez
generación de vínculos que redundarán en beneficios institucionales y
sociales para ambas partes, siendo de interés la celebración del Convenio
referido.-
II) que es necesario designar representante del
Ministerio de Defensa Nacional-Comando General del Ejército, para la firma
de la documentación respectiva.-
ATENTO: a lo precedentemente expuesto, a lo informado
por la Asesoría Notarial del Ministerio de Defensa Nacional y a lo
dispuesto en la Resolución del Ministerio de Defensa Nacional 24.960 de 21
de octubre de 1991.-
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
1ro.- Autorízase la suscripción del Convenio Marco
a celebrarse entre el Ministerio de Defensa Nacional-Comando General del
Ejército y el Instituto Nacional de Investigación Agropecuaria (INIA), por
el cual las partes establecen como objetivo coordinar acciones operativas y
programáticas vinculadas a la generación y difusión de tecnologías
agropecuarias y preservación de los recursos naturales con que cuenta
nuestro país, en los términos que luce de fojas tres a siete del
expediente administrativo del Ministerio de Defensa Nacional número
2003030809 que se considera parte integrante de la presente Resolución.-
2do.- Desígnase representante del Ministerio de
Defensa Nacional-Comando General del Ejército, para la firma de la
documentación respectiva, al señor Comandante en Jefe del Ejército.-
3ro.- Comuníquese, publíquese, pase a la Asesoría
Notarial del Ministerio de Defensa Nacional y al Comando General del
Ejército a sus efectos. Cumplido, vuelva y archívese.-