11/03/04
    
    09/03/04 – SE ACEPTA OFERTA DE COMPRA POR PADRÓN DE LA
    ZONA RURAL DE CERRO LARGO
    
    VISTO: I) la oferta de compra presentada por el Sr.
    Juan Sebastián Corbo a la Comisión Ejecutiva para la Enajenación de
    Inmuebles y Vehículos del Estado, con relación al inmueble padrón 9886,
    ubicado en zona rural del departamento de Cerro Largo
    
    II) que la misma respondió al llamado realizado por
    dicha Comisión a través de la página Web www.comprasestatales.gub.uy,
    sobre la base de las 2/3 partes de su respectivo valor de tasación y con
    plazo límite de presentación hasta el 26 de diciembre de 2003, todo ello
    al amparo de lo previsto en el artículo 4 del Decreto 378/002 de 28 de
    setiembre de 2002, en la redacción dada por el decreto 370/003 de 10 de
    setiembre de 2003
    
    RESULTANDO: I) que el inmueble citado fue declarado
    prescindible por el Poder Ejecutivo y es administrado por el Ministerio del
    Interior
    
    II) que fue incluido en el Llamado a Oferta de
    Precios N° 1/2003 para la Enajenación de Inmuebles Prescindibles realizado
    en cumplimiento de lo dispuesto por la Resolución del Poder Ejecutivo de 15
    de octubre de 2003, y al no haberse presentado oferta alguna por el mismo,
    se configuró a su respecto la situación prevista en el numeral 5° del
    art.343 de la Ley N° 13835 de 7 de enero de 1970
    
    III) que en consecuencia, la Comisión Ejecutiva para
    la Enajenación de Inmuebles y Vehículos del Estado quedó habilitada a
    realizar el ofrecimiento de venta aludido en el Visto
    
    IV) que en respuesta a dicho ofrecimiento se
    presentó únicamente la oferta del Sr. Juan Sebastián Corbo, la cual no
    fue mejorada dentro del plazo reglamentario previsto al efecto
    
    CONSIDERANDO: I) que la nombrada Comisión aconsejó
    la aceptación de dicha oferta
    
    II) que el Tribunal de Cuentas de la República ha
    intervenido de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 211 literal B) de la
    Constitución de la República
    
    ATENTO: a lo dispuesto en el artículo 735 de la Ley
    16.736 de 5 de enero de 1996, artículo 343 de la Ley 13.835 de 7 de enero
    de 1970 en la redacción dada por el Decreto-Ley 15.545 de 3 de mayo de
    1984, Decreto 65/002 de 8 de febrero de 2002, y Decreto 378/002 de 28 de
    setiembre de 2002 en la redacción dada por el Decreto 370/03 de 10 de
    setiembre de 2003, y a lo informado por la Comisión Ejecutiva para la
    Enajenación de Inmuebles y Vehículos del Estado
    
    EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
    RESUELVE:
    1°) Acéptase la oferta de compra presentada por el
    Sr. Juan Sebastián Corbo con relación al inmueble padrón 9886 ubicado en
    zona rural del departamento de Cerro Largo, por la suma de 451 U.R.
    (cuatrocientas cincuenta y una unidades reajustables).
    
    2°) Dispónese la enajenación del inmueble
    relacionado, designándose al Señor Ministro del Interior, para que en
    nombre y representación del Estado Persona Pública Mayor, otorgue y
    suscriba la respectiva escritura y demás documentación preparatoria y
    complementaria, y como Escribanas de contralor de dicho otorgamiento a los
    Escribanas Alma López, Graciela Fernández y Graciela Globsky, funcionarias
    del Ministerio del Interior, en forma indistinta
    
    3°) Notifiquese al oferente, y a las personas
    mencionadas en el numeral precedente
    
    4°) Comuníquese a la Comisión Ejecutiva para la
    Enajenación de Inmuebles y Vehículos del Estado, al Registro Único de
    Inmuebles del Estado de la Contaduría General de la Nación, y a la
    Dirección Nacional de Catastro.-