11/03/04
10/03/04 – SE DESIGNA PARA SER EXPROPIADA FRACCIÓN DE
TERRENO EN EL DEPARTAMENTO DE COLONIA
VISTO: estos antecedentes relacionados con las obras
de "Ruta N° 1 Tramo: Ruta N° 2 - Artilleros"
RESULTANDO: I) Que la Dirección Nacional de
Topografía del Ministerio de Transporte y Obras Públicas, informa que a
los efectos de la normal ejecución de las obras de referencia, es necesario
expropiar, por causa de utilidad pública, decretando su urgente ocupación,
una fracción de terreno, propiedad de Víctor Hugo Justet, Padrón N°
15631 (p), ubicada en la 3ra. Sección Judicial y 3ra. Sección Catastral
del Departamento de Colonia
II) Que la Asesoría Técnica (Área Jurídica) de la
citada Unidad Ejecutora, expresa que no tiene observaciones que formular a
las presentes actuaciones
CONSIDERANDO: que por lo expuesto, corresponde
resolver en consecuencia
ATENTO: a lo establecido en el Art. 3° Inc. 2 y Art.
4° Numeral 1° de la Ley de Expropiaciones N° 3958 del 28 de marzo de
1912.
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
1°) Desígnase para ser expropiada por causa de
utilidad pública, decretando su urgente ocupación; una fracción de
terreno, propiedad de Víctor Hugo Justet, Padrón N° 15631 (p), ubicada en
la 3ra. Sección Judicial y 3ra. Sección Catastral del Departamento de
Colonia, destinada a las obras de "Ruta N° 1 Tramo: Ruta N° 2 -
Artilleros", dicha fracción se encuentra señalada con el N° 2 en el
plano del Ingeniero Agrimensor Danilo Rostán, de fecha mayo de 1988,
inscripto en la Dirección Nacional de Catastro con el N° 9727 el día 21
de junio de 1988; la referida fracción tiene un área de 1Hás5192m277dm²
y sus deslindes son: por el Sur Sureste, tramo recto de 656m75 con frente a
la actual Ruta N° 1; por el Este Noreste, tramo recto de 21m65 lindando con
el Padrón N° 15967; por el Nor Noroeste, tramo recto de 734m86 lindando
con el resto del Padrón N° 15631 y por el Sur, tramo recto de 81m22 con
frente a Camino Vecinal
2°) Previamente a que el Organismo que expropia
apruebe la tasación del bien inmueble y disponga la prosecución de los
procedimientos correspondientes, deberá efectuarse la imputación
preventiva a efectos de asegurar la disponibilidad de crédito para la misma
3°) Comuníquese y vuelva a la Dirección Nacional
de Topografía del Ministerio de Transporte y Obras Públicas a sus
efectos.-