11/03/04
    
    10/03/04 – SE DESIGNA PARA SER EXPROPIADA FRACCIÓN DE
    TERRENO EN EL DEPARTAMENTO DE COLONIA
    
    VISTO: estos antecedentes relacionados con las obras
    de "Ruta N° 1 Tramo: Ruta N° 2 - Artilleros"
    
    RESULTANDO: I) Que la Dirección Nacional de
    Topografía del Ministerio de Transporte y Obras Públicas, informa que a
    los efectos de la normal ejecución de las obras de referencia, es necesario
    expropiar, por causa de utilidad pública, decretando su urgente ocupación,
    una fracción de terreno, propiedad de Víctor Hugo Justet, Padrón N°
    15631 (p), ubicada en la 3ra. Sección Judicial y 3ra. Sección Catastral
    del Departamento de Colonia
    
    II) Que la Asesoría Técnica (Área Jurídica) de la
    citada Unidad Ejecutora, expresa que no tiene observaciones que formular a
    las presentes actuaciones
    
    CONSIDERANDO: que por lo expuesto, corresponde
    resolver en consecuencia
    
    ATENTO: a lo establecido en el Art. 3° Inc. 2 y Art.
    4° Numeral 1° de la Ley de Expropiaciones N° 3958 del 28 de marzo de
    1912.
    
    EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
    RESUELVE:
    1°) Desígnase para ser expropiada por causa de
    utilidad pública, decretando su urgente ocupación; una fracción de
    terreno, propiedad de Víctor Hugo Justet, Padrón N° 15631 (p), ubicada en
    la 3ra. Sección Judicial y 3ra. Sección Catastral del Departamento de
    Colonia, destinada a las obras de "Ruta N° 1 Tramo: Ruta N° 2 -
    Artilleros", dicha fracción se encuentra señalada con el N° 2 en el
    plano del Ingeniero Agrimensor Danilo Rostán, de fecha mayo de 1988,
    inscripto en la Dirección Nacional de Catastro con el N° 9727 el día 21
    de junio de 1988; la referida fracción tiene un área de 1Hás5192m277dm²
    y sus deslindes son: por el Sur Sureste, tramo recto de 656m75 con frente a
    la actual Ruta N° 1; por el Este Noreste, tramo recto de 21m65 lindando con
    el Padrón N° 15967; por el Nor Noroeste, tramo recto de 734m86 lindando
    con el resto del Padrón N° 15631 y por el Sur, tramo recto de 81m22 con
    frente a Camino Vecinal
    
    2°) Previamente a que el Organismo que expropia
    apruebe la tasación del bien inmueble y disponga la prosecución de los
    procedimientos correspondientes, deberá efectuarse la imputación
    preventiva a efectos de asegurar la disponibilidad de crédito para la misma
    
    3°) Comuníquese y vuelva a la Dirección Nacional
    de Topografía del Ministerio de Transporte y Obras Públicas a sus
    efectos.-