11/03/04

11/03/04 – SE AFECTA AL ESTADO PERSONA PÚBLICA MAYOR CON DESTINO AL MVOTMA, EL BIEN INMUEBLE EMPADRONADO CON EL NÚMERO 6799, SITO EN LA 6ª SECCIÓN JUDICIAL DE COLONIA, LOCALIDAD CATASTRAL CARMELO.

VISTO: la situación del inmueble Padrón N° 6799 ubicado en la 6ª Sección judicial de Colonia, propiedad del Banco Hipotecario del Uruguay;

RESULTANDO: I) que el mismo se encuentra reservado con destino a las viviendas que proyecta construir mediante préstamo del citado banco por la Cooperativa de Vivienda de Ayuda Mutua Carmelo ó CO.VI.A.M.CAR;

II) que el Directorio del Banco Hipotecario en sesión del 16 de diciembre de 1997 manifestó su conformidad en cuanto ofrecer en venta el citado predio con destino al Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente;

III) que asimismo, el citado Banco Hipotecario aceptó la tasación que realizara en su oportunidad la Dirección General de Catastro la cual asciende a la suma de U.R. 1.325,7497;

CONSIDERANDO: I) que es conveniente que dicho padrón sea asignado al Ministerio de Vivienda Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente para que luego sea adjudicado a la citada Cooperativa;

II) que es necesario a esos efectos, cumplir con el procedimiento establecido en el artículo 8° de la Ley N° 16.112;

ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo dispuesto en el artículo 8° de la ley 16.112 y artículo 300 de la ley 16.226 y en el artículo 446 de la Ley 16.736.

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

RESUELVE:

1º.- Desaféctase del dominio del Banco Hipotecario del Uruguay y aféctase al Estado Persona Pública Mayor con destino al Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, el bien inmueble empadronado con el número seis mil setecientos noventa y nueve 6799, sito en la 6ª Sección Judicial del departamento de Colonia, Localidad Catastral Carmelo, antes padrón cinco mil setecientos dieciocho en mayor área, el que según Plano de Mensura de los Ingenieros Agrimensores Darío Brum y Ricardo Lagos de julio de 1999 inscripto en la Dirección Nacional de Catastro Oficina de Colonia con el número 9636 el 16 de setiembre de 1999 consta de un área de cuatro mil doscientos sesenta (4260) metros cuadrados ochenta y nueve (89) decímetros, y se deslinda así: 84 metros 16 centímetros al Sureste frente a calle 25 de Agosto, 50 metros 66 centímetros al Noreste frente a calle Tomás Gómez, 83 metros 66 decímetros al Noroeste lindando con padrón 5150 y 50 metros 91 centímetros al Suroeste lindando con fracción B del mismo plano.-

2º.- Dispónese el pago de U.R. 1.325,7497 (unidades reajustables mil trescientas veinticinco con siete mil cuatrocientas noventa y siete milésimas) por parte del Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente al Banco Hipotecario del Uruguay como compensación total por la traslación del dominio que esta resolución dispone.

3º.- Cumplido lo dispuesto en el numeral anterior enajénese conforme a lo establecido en el artículo 446 de la Ley 16.736 a favor de la Cooperativa "COVIAMCAR" el padrón citado por el mismo precio.

4º.- La citada erogación se atenderá con cargo al Fondo Nacional de Vivienda y Urbanización.

5º.- Vuelva al Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente.