estos antecedentes
elevados por la Dirección General de Servicios Agrícolas del Ministerio de
Ganadería, Agricultura y Pesca;
RESULTANDO: I) los mismos se relacionan con la
propuesta formulada por la Comisión Técnica Ejecutora de Plan Nacional de
Silos, de un Convenio de Pago a ser suscrito con aquellas entidades
arrendatarias de Graneros Oficiales, que mantienen deudas por concepto de
arrendamientos impagos al1 ° de junio de 2003;
II) se recabaron informes de la División Servicios
Jurídicos del Ministerio de Ganadería Agricultura y Pesca y de la
Comisión de Evaluación de Propuestas para las Transferencias de las
Plantas de Silos;
CONSIDERANDO: conveniente, habida cuenta de los
informes favorables vertidos en obrados, autorizar al Ministerio de
Ganadería, Agricultura y Pesca a realizar los Convenios de Pagos de que se
trata:
ATENTO: a lo precedentemente expuesto y, a lo
preceptuado por el Arl. 288 de la ley N° 16. 736 de 5 de enero de 1996,
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
1º) Autorizase al Ministerio de Ganadería,
Agricultura y Pesca a celebrar convenios de pago con las entidades
arrendatarias de graneros oficiales, que mantienen deudas por concepto de
arrendamientos impagos al 1 de junio de 2003 de acuerdo al modelo que luce a
fs. 28 y 29 de estos obrados.
2°) Comuníquese y, a sus efectos, vuelva a la
Dirección General de Servicios Agrícolas.