estos antecedentes
    elevados por la Dirección General de Servicios Agrícolas del Ministerio de
    Ganadería, Agricultura y Pesca;
    
    RESULTANDO: I) los mismos se relacionan con la
    propuesta formulada por la Comisión Técnica Ejecutora de Plan Nacional de
    Silos, de un Convenio de Pago a ser suscrito con aquellas entidades
    arrendatarias de Graneros Oficiales, que mantienen deudas por concepto de
    arrendamientos impagos al1 ° de junio de 2003;
    
    II) se recabaron informes de la División Servicios
    Jurídicos del Ministerio de Ganadería Agricultura y Pesca y de la
    Comisión de Evaluación de Propuestas para las Transferencias de las
    Plantas de Silos;
    
    CONSIDERANDO: conveniente, habida cuenta de los
    informes favorables vertidos en obrados, autorizar al Ministerio de
    Ganadería, Agricultura y Pesca a realizar los Convenios de Pagos de que se
    trata:
    
    ATENTO: a lo precedentemente expuesto y, a lo
    preceptuado por el Arl. 288 de la ley N° 16. 736 de 5 de enero de 1996,
    
    EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
    RESUELVE:
    1º) Autorizase al Ministerio de Ganadería,
    Agricultura y Pesca a celebrar convenios de pago con las entidades
    arrendatarias de graneros oficiales, que mantienen deudas por concepto de
    arrendamientos impagos al 1 de junio de 2003 de acuerdo al modelo que luce a
    fs. 28 y 29 de estos obrados.
    
    2°) Comuníquese y, a sus efectos, vuelva a la
    Dirección General de Servicios Agrícolas.