la gestión
    promovida por la Fundación "Dr. Francisco Fernández Enciso", en
    la que solicita autorización para importar con exoneración de recargos y
    demás gravámenes determinados bienes.-
    
    RESULTANDO: I) que de acuerdo a los estatutos, el
    objeto de la referida Fundación es el de contribuir y apoyar la función de
    la Dirección Nacional de Sanidad de las Fuerzas Armadas, colaborando en
    forma gratuita con los fines asistenciales de dicha Institución, cooperando
    entre otros con el suministro de bienes y servicios.-
    
    II) que los bienes fueron donados por el Ejercito
    Federal de la República Federal de Alemania con destino al Hospital Central
    de las Fuerzas Armadas.-
    
    CONSIDERANDO: que la Fundación gestionante se
    encuentra amparada por el articulo 134° de la Ley N° 12.802, de 30 de
    noviembre de 1960.-
    
    ATENTO: a lo informado por la División Técnico
    Fiscal y la Asesoría Jurídica del Ministerio de Economía y Finanzas y a
    lo establecido por el articulo 450° de la Ley N° 16.226, de 29 de octubre
    de 1991.-
    
    EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
    RESUELVE:
    1°) Declárase a la Fundación "Dr. Francisco
    Fernández Enciso" exonerada la Tasa Global Arancelaria, del Impuesto
    al Valor Agregado, Tasas Consulares, Tasa de Servicios Extraordinarios, en
    ocasión de los bienes detallados en listado adjunto que forman parte de la
    presente resolución, por un valor total de €10.040,61 (diez mil cuarenta
    euros con 61/100) , con destino al Hospital Central de las Fuerzas Armadas.-
    
    2°) Comuníquese, pase a la Comisión de Seguimiento
    y Control, creada por Resolución del Ministerio de Economía y Finanzas de
    1° de octubre de 2003.-
    
    3°) Comuníquese, etc..-