25/03/04

24/03/04 – MONTO DE PREMIOS A LA LABOR LITERARIA DE AUTORES NACIONALES Y REMUNERACIONES A LOS JURADOS

VISTO: Los Premios a la Labor Literaria de autores nacionales, instituidos por la Ley No. 15.843 de 8 de diciembre de 1986

RESULTANDO: Corresponde determinar el monto de los Premios referidos, así como las remuneraciones a los Jurados

ATENTO: A lo expuesto y a lo informado por la Dirección de Cultura del Ministerio de Educación y Cultura

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

RESUELVE

1) Fíjase en $ 892.396 (ochocientos noventa y dos mil trescientos noventa y seis pesos uruguayos) el monto total de los Premios Anuales de Literatura, en las categorías correspondientes a obras éditas e inéditas del año 2002 y las remuneraciones de los Jurados

2) Distribúyese la cantidad fijada de la siguiente manera:

A) $22.050 (veintidós mil cincuenta pesos uruguayos) a cada uno de los Primeros Premios de las Obras éditas en 1) Obras en verso y poemas en prosa, 2) Narrativa, 3) Literatura para niños y jóvenes, 4) Teatro en Género Comedia, 5) Teatro en Género Drama, 6) Teatro infantil y juvenil, 7) Ensayos literarios, crónicas y reportajes periodísticos reunidos en volumen referidos a materia literaria, 8) Historia, biografías y temas afines, 9) Filosofía, Lingüística y Ciencias de la Educación, 10) Arte (Investigación, análisis y comentarios), 11) Ciencias sociales y jurídicas y 12) Investigación y difusión científica

B) $16,537 (dieciséis mil quinientos treinta y siete pesos uruguayos) a cada uno de los Segundos Premios de Obras Éditas en 1) Obras en verso y poemas en prosa, 2) Narrativa y 3) Literatura para niños y jóvenes

C) $12,127 (doce mil ciento veintisiete pesos uruguayos) a un Tercer Premio en Obras Éditas en Narrativa

D) $19.845 (diecinueve mil ochocientos cuarenta y cinco pesos uruguayos) a cada uno de los Primeros Premios de las Obras Inéditas en: 1) Obras en verso y poemas en prosa, 2) Narrativa, 3) Literatura para niños y jóvenes, 4) Teatro en Género Comedia, 5) Teatro en Género Drama, 6) Teatro infantil y juvenil, 7) Ensayos literarios, crónicas y reportajes periodísticos reunidos en volumen referidos a materia literaria, 8) Historia, biografías y temas afines, 9) Filosofía, Lingüística y Ciencias de la Educación, 10) Arte (Investigación, análisis y comentarios), 11) Ciencias sociales y jurídicas y 12) Investigación y difusión científica

E) $14,332 (catorce mil trescientos treinta y dos pesos uruguayos) a cada uno de los Segundos Premios de Obras Inéditas en: 1) Obras en verso y poemas en prosa, 2) Narrativa y 3) Literatura para niños y jóvenes

F) $9,922 (nueve mil novecientos veintidós pesos uruguayos) a un Tercer premio en Obras Inéditas en Narrativa

3) Fíjanse en $5.500 (cinco mil quinientos pesos uruguayos) los honorarios que recibirá cada uno de los cincuenta jurados de las diferentes categorías

4) Precísase que la erogación resultante por concepto de Premios y pago a los Jurados se atenderá con cargo a los Créditos Presupuestales y/o Recursos con Afectación Especial del Programa 001, Unidad Ejecutora 001, Inciso 11

5) Fírmase la presente Resolución ad-referéndum del dictamen del Tribunal de Cuentas de la República.

6) Comuníquese y pase al Departamento Financiero Contable del Ministerio de Educación y Cultura.-