26/03/04

25/03/04 - CONTRATACIÓN DIRECTA DE LA CONCESIÓN DE EXPLOTACIÓN DEL HOTEL LAS DELICIAS DE PUNTA DEL ESTE CON LA EMMPRESA COSTA NATURALI S.A.

VISTO: La Resolución del Poder Ejecutivo de fecha 26 de febrero de 2004.

RESULTANDO: I) Que por la misma se convalidó el procedimiento licitatorio para la concesión de la explotación del Hotel Las Delicias de Punta del Este y se rechazó la oferta presentada por la empresa COSTA NATURALI S.A.

II) Que asimismo se dispuso proceder a contratar en forma directa dicha concesión, y a invitar al ofertante COSTA NATURALI S.A. a presentar su oferta, con las mismas bases y especificaciones establecidos en el Pliego Particular de Condiciones.

CONSIDERANDO: I) Que con fecha 1° de marzo de 2004 se notificó al ofertante la Resolución mencionada y se le invitó a presentar su oferta en los términos establecidos en dicha Resolución (fs. 96 y 97)

II) Que con fecha 5 de marzo de 2004 se presentó la empresa oferente COSTA NATURALI S.A. a efectos de que se proceda a la contratación en forma directa, ajustándose en un todo a las bases y especificaciones establecidas en el Pliego Particular de Condiciones para la Licitación pública N° 06/03, para la concesión de la explotación del Hotel Las Delicias de Punta del Este.

III) Que el Tribunal de Cuentas de la República ha intervenido de acuerdo a lo dispuesto en el articulo 211 Literal B) de la constitución de la Republica.

ATENTO: A lo expresado y a lo dispuesto por el Decreto Ley N° 14.335 de fecha 23 de diciembre de 1974, Ley N° 15.851 de fecha 24 de diciembre de 1986 y artículo 33 Literal E) del TOCAF 96.

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

RESUELVE

I) Autorizase la contratación en forma directa de la concesión de la explotación del Hotel Las Delicias de Punta del Este, con la empresa COSTA NATURALI S.A., en un todo de acuerdo con las bases y especificaciones del Pliego Particular de Condiciones, para la Licitación Pública N° 06/03 aprobado oportunamente.

2) Cométase al Sr. Ministro de Turismo Dr. Pedro Bordaberry la suscripción en nombre del Estado (Ministerio de Turismo) del contrato respectivo.

3) Vuelva al Ministerio de Turismo.