31/03/04

30/03/04 – SE APRUEBA EL ACUERDO DE SERVICIO INTERNACIONAL TOLL FREE SERVICE ENTRE ANTEL Y TELEFÓNICA DE ARGENTINA S.A.

VISTO: la solicitud de la Administración Nacional de Telecomunicaciones (A.N.TEL.) para la aprobación del "Acuerdo de Servicio Internacional Toll Free Service" a celebrarse entre la citada Administración Nacional y "Telefónica de Argentina S.A.".-

RESULTANDO: I) que el mencionado acuerdo tiene por objeto la prestación en conjunto del servicio 800 internacional (ITF).-

II) que el servicio ITF constituye un servicio de telefonía que habilita a los clientes realizar llamadas desde Uruguay hacia Argentina con cargos a un número de Argentina y viceversa.-

III) que por la Resolución 868/03 de fecha 21 de julio de 2003, el Directorio de A.N.TEL. aprobó la firma del menciona- do Acuerdo, el que será ratificado una vez aprobado por el Poder Ejecutivo.-

CONSIDERANDO: que la aprobación del Acuerdo de referencia resulta conveniente para ambas partes.-

ATENTO: a lo precedentemente expuesto, a lo informado por la Administración Nacional de Telecomunicaciones, la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto de la Presidencia de la República y la Asesoría Notarial del Ministerio de Defensa Nacional, a lo dispuesto por el literal F) del artículo 2do. del Reglamento General de la Administración Nacional de Telecomunicaciones aprobado por el artículo 1ro. del Decreto 310/980 del 3 de junio de 1980, artículo 2do. numeral 11) del Decreto 573/990 del 12 de diciembre de 1990, Decreto 108/992 de 16 de marzo de 1992, artículo 86 inciso w de la Ley 17.296 de 21 de febrero de 2001 y artículo 8 del Decreto 212/001 de 4 de mayo de 2001.-

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

RESUELVE:

1ro.- Apruébase el Acuerdo de Servicio Internacional Toll Free Service a celebrarse entre la Administración Nacional de Telecomunicaciones y "Telefónica de Argentina S.A." en los términos que luce de fojas 2 a 5 del expediente administrativo del Ministerio de Defensa Nacional número 2003046446 que se considera parte integrante de la presente Resolución y tiene por objeto la prestación en conjunto del servicio 800 internacional (ITF).-

2do.- Establécese que dentro de los 10 días siguientes a la suscripción del Acuerdo referido, la Administración Nacional de Telecomunicaciones A.N.TEL. remitirá directamente copia autenticada del mismo al Ministerio de Economía y Finanzas, al Ministerio de Relaciones Exteriores y al Ministerio de Defensa Nacional.-

3ro.- Comuníquese, publíquese y pase a la Administración Nacional de Telecomunicaciones (A.N.TEL.). Cumplido, vuelva al Ministerio de Defensa Nacional y archívese.-