la solicitud de la
Administración Nacional de Telecomunicaciones (A.N.TEL.) para la
aprobación del Convenio de Cooperación Técnica Internacional a celebrarse
entre el Instituto Costarricense de Electricidad de la República de Costa
Rica y la citada Administración Nacional.-
RESULTANDO: I) que por el mencionado Convenio las
partes desarrollarán actividades encaminadas a la cooperación recíproca y
a brindarse apoyo mutuo, mediante la realización de programas y proyectos
de cooperación y asistencia a través del intercambio de información y
experiencias en los campos técnico, comercial, administrativo,
económico-financiero y gestión empresarial, con extensión al área de
recursos humanos.-
II) que por la Resolución del Directorio de la
Administración Nacional antes citada 1590/02 de fecha 31 de octubre de
2002, se aprobó ad referéndum el mencionado Convenio, el que será
ratificado una vez aprobado por el Poder Ejecutivo.-
CONSIDERANDO: que el intercambio de informaciones,
experiencia, estudios y métodos de trabajo entre ambas Instituciones, ha de
permitir la innovación tecnológica en general y beneficiará el desarrollo
de proyectos cuyos efectos redundarán en una mejor prestación de
servicios, por lo que la aprobación correspondiente resulta conveniente
para la Administración Nacional de Telecomunicaciones.-
ATENTO: a lo precedentemente expuesto, a lo informado
por la Administración Nacional de Telecomunicaciones (A.N.T.E.L.), la
Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones (URSEC), la Oficina de
Planeamiento y Presupuesto de la Presidencia de la República y la Asesoría
Notarial del Ministerio de Defensa Nacional, a lo dispuesto por el literal
F) del artículo 2do. del Reglamento General de la Administración Nacional
de Telecomunicaciones aprobado por el artículo 1ro. del Decreto 310/980 del
3 de junio de 1980, artículo 2do. numeral 11) del Decreto 573/990 del 12 de
diciembre de 1990, Decreto 108/992 de 16 de marzo de 1992 y articulo 86
inciso w. de la Ley 17.296 de 21 de febrero de 2001.-
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
1ro.- Apruébase el Convenio de Cooperación Técnica
Internacional a celebrarse entre el Instituto Costarricense de Electricidad
de la República de Costa Rica y la Administración Nacional de
Telecomunicaciones (A.N.T.E.L.) en los términos que luce de fojas 2 a 7 del
expediente administrativo del Ministerio de Defensa Nacional 02077100, que
se considera parte integrante de la presente Resolución.-
2do.- Establécese que dentro de los 10 días
siguientes a la suscripción del Convenio referido, A.N.TEL. remita
directamente copia autenticada del mismo al Ministerio de Economía y
Finanzas, al Ministerio de Relaciones Exteriores y al Ministerio de Defensa
Nacional.-
3ro.- Comuníquese, y pase a la Administración
Nacional de Telecomunicaciones (A.N.TEL.). Cumplido, vuelva al Ministerio de
Defensa Nacional y archívese.-