la gestión
    promovida por la "Scuola Italiana di Montevideo", en la que
    solicita autorización para importar con exoneración de recargos y demás
    gravámenes, una fotocopiadora marca Minolta.-
    
    RESULTANDO: I) que la institución gestionante cuenta
    con personería jurídica reconocida y estatutos aprobados por Resolución
    del Poder Ejecutivo de 20 de febrero de 1920, con modificaciones aprobadas
    por sucesivas Resoluciones, la última de 16 de enero de 1979,
    encontrándose inscripta en el respectivo Registro de la Dirección de
    Educación del Ministerio de Educación y Cultura, de acuerdo a lo dispuesto
    por el artículo 448° de la Ley N° 16.226, de 29 de octubre de 1991.-
    II) que el bien de referencia será destinado al
    mejoramiento de los servicios que presta la gestionante.-
    
    CONSIDERANDO: que la asociación civil gestionante se
    encuentra amparada por los artículos 69° de la Constitución de la
    República y 134° de la Ley N° 12.802, de 30 de noviembre de 1960.-
    
    ATENTO: a lo informado por la División Técnico
    Fiscal y la Asesoría Jurídica del Ministerio de Economía y Finanzas y a
    lo establecido por los artículos 448° y 450° de la Ley N° 16.226, de 29
    de octubre de 1991.-
    
    EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
    RESUELVE:
    1°) Declarase a la "Scuola Italiana di
    Montevideo", exonerada del pago de la Tasa Global Arancelaria, de la
    Contribución al Financiamiento de la Seguridad Social, del Impuesto al
    Valor Agregado, de las Tasas Consulares, de la Comisión sobre
    Importaciones, de la Tasa de Servicios Extraordinarios y de la Tasa de
    Servicios Automatizados, en ocasión de la importación de una fotocopiadora
    marca MINOLTA, modelo EP 2030, por un valor total CIF (Zona Franca Florida)
    de U$S 1.742,00 (mil setecientos cuarenta y dos dólares de los Estados
    Unidos de América) .-
    
    2°) El bien mencionado precedentemente no podrá ser
    enajenado por un plazo de diez años a partir de la fecha de su
    introducción definitiva al país.-
    
    3°) Comuníquese, notifíquese y archívese.-