el Convenio -obrante
en autos- suscrito con fecha 29 de diciembre de 2003, entre el Ministerio de
Transporte y Obras Públicas y la empresa ABC VIAL S.R.L.
RESULTANDO: I) Que la empresa mencionada es acreedora
de la Administración, de la suma de $ 4:782.943 (IVA incluído), por
concepto de intereses moratorias originados en el no pago en fecha de
algunos de los certificados de las obras: "Mantenimiento Rutinario en
Regional IV" adjudicada directamente y "Mantenimiento Rutinario en
Regional IV" adjudicada por Licitación Pública N°9/2002
II) Que las partes acordaron en $2: 869.766 el monto
que debe abonar la Administración por los conceptos prealudidos y a su vez
fijaron el cronograma de pagos y la forma de documentar los mismos
III) Que existe al respecto informe contable
formulado por la División Apoyo de la Dirección Nacional de Vialidad que
indica los recursos con que se atenderán las erogaciones mencionadas y a la
existencia de crédito disponible, según consulta formulada al ZIF
IV) Que el Tribunal de Cuentas de la República
(Oficina Central - Carpeta N°201.327) ha tomado la intervención previa que
le compete, sin formular objeciones al respecto
ATENTO: a lo dispuesto por el artículo 55 del Pliego
de Condiciones de la Dirección Nacional de Vialidad para la
"Construcción de Puentes y Carreteras", aprobado por el Decreto
N° 8/990 de: 24 de enero de 1990 y Decreto N°298/003 de 23 de julio de 203
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
1°.- Apruébase -en todas sus partes- el Convenio
suscrito con fecha 29 de diciembre de 2003 entre el Ministerio de Transporte
y Obras Públicas y la empresa ABC VIAL S.R.L., destinado a abonar a dicha
firma los intereses moratorios pendientes de resolución, originados por él
no pago en fecha de los certificados de las Obras: "Mantenimiento
Rutinario en Regional IV" adjudicada directamente y "Mantenimiento
Rutinario en Regional IV" adjudicada por Licitación Pública N°9/2002
2°.- Autorízase a dichos fines la inversión de la
suma de $ 2:869.766 (pesos uruguayos dos millones ochocientos .sesenta y
nueve mil setecientos sesenta y seis) incluido el IVA, la cual se a tenderá
con cargo a la Ley N° 17.296 de 28 de febrero de 2001, Inciso 10, Programa
003, Proyecto 730, Financiación 1.1 Rentas Generales, .Ejercicio 2003
3°.- Comuníquese, tome nota el contador Central
delegado del Tribunal de Cuentas de la República, destacado en el
Ministerio de Transporte y Obras Publicas y vuelva a la Dirección Nacional
de Vialidad de dicha Secretaría de Estado a fin de notificar al interesado
y dar cumplimiento al Convenio aprobado.-