06/04/04

05/04/04 – SE CONFIRMA RESOLUCIÓN DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA DE 29/12/2003 QUE LA CUAL SE ADJUDICA LA LICITACIÓN PÚBLICA INTERNACIONAL OPP-UDM 02/99

VISTO: el recurso de revocación interpuesto por "TEA, DELOITTE & TOUCHE", contra la resolución de la Presidencia de la República P/769 de fecha 29 de diciembre de 2003

RESULTANDO: que por la mencionada resolución se adjudicó a CONSORCIO GRANT THORNTON-STAVROS MOYAL Y ASOCIADOS la Licitación Pública Internacional OPP-UDM 02/99 "Calificación para la contratación de servicios de consultoría para la implantación de un sistema de costos por actividades en las Intendencias Municipales de la República Oriental del Uruguay (Departamentos de San José, Colonia, Flores, Florida, Soriano, Río Negro, Paysandú, Salto, Artigas, Rivera, Cerro Largo, Treinta y Tres, Rocha, Durazno, Lavalleja y Maldonado)" y se dispuso no hacer lugar a las observaciones formuladas por las empresas Tea Deloitte y Touche y Price Waterhouse Coopers Ltda.

CONSIDERANDO: I) que la recurrente se reservó el derecho de fundamentar la impugnación sin que lo haya verificado

II) que en cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 153 del Decreto 500/991 de 27 de setiembre de 1991, se dio intervención a la empresa adjudicataria Consorcio GRANT THORNTON-STAVROS MOYAL Y ASOCIADOS

III) que el artículo 2.6 del Pliego de Condiciones que rigió la Licitación dispone que se considera incompatible y por lo tanto no serán elegibles, aquellos oferentes cuyo personal estable o expertos pertenezcan o hayan pertenecido a la institución que reciba el financiamiento o que será beneficiaria de los servicios de los expertos o hayan estado vinculados directamente en la preparación del proyecto objeto del concurso, dentro de los seis meses previos a la fecha prevista como límite para la recepción de las propuestas

IV) que la oferta presentada por la recurrente incluyó en su personal a la experta Ing. Alexandra Tiribocchi, quien al mismo tiempo se encontraba desempeñando sus tareas de experta especialista ambiental para la Unidad de Desarrollo Municipal, Institución que recibe el financiamiento y que será beneficiaria de los servicios a contratar por lo que la proponente incumplió el artículo 2.6 del Pliego de Condiciones

V) que oportunamente el Comité de Adquisiciones del Banco Interamericano de Desarrollo resolvió desestimar la protesta formulada por la ahora recurrente por cuanto la vinculación de la Ing. Tiribocchi es interpretada por el Banco como de "personal temporal" o "experto", contrariando lo dispuesto en las políticas y procedimientos de adquisiciones del Banco y en especial lo dispuesto en el artículo 2.6 del Pliego de Condiciones que rigió el Llamado

ATENTO: a lo expuesto;

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

RESUELVE:

1°.- Confírmase la Resolución de la Presidencia de la República P/769 de fecha 29 de diciembre de 2003, por la cual se adjudicó al Consorcio GRANT THoRNTON-STAVROS MOYAL Y ASOCIADOS la Licitación Pública Internacional OPP-UDM 02/99 "Calificación para la contratación de servicios de consultoría para la implantación de un sistema de costos por actividades en las Intendencias Municipales de la República Oriental del Uruguay" y no se hizo lugar a las observaciones formuladas por las empresas TEA DELOITTE & TOUCHE, y PRICE WATERHOUSE COOPERS Ltda.

2°.- Comuníquese, notifíquese, etc.-