14/04/04

13/04/04 – SE DEJA SIN EFECTO LA RESOLUCIÓN DEL P.E. DE 26/10/1999 QUE OTORGA AUTORIZACIÓN A MARTINAIR HOLLAND N.V

VISTO: la solicitud de la empresa «Martinair Holland N.V.» de dejar sin efecto el permiso de operación que le fuera oportunamente autorizado.-

RESULTANDO: I) que por la Resolución de la Dirección General de Aviación Civil 340/998 de 8 de diciembre de 1998, dictada al amparo de lo previsto por el artículo 2do del Decreto 1124/941 de 4 de junio de 1941 y aprobada por la Resolución del Poder Ejecutivo 964/999 de 26 de octubre de 1999, se le autorizó a explotar los servicios de transporte aéreo público no regular internacional de carga pura desde puntos de Europa, vía Sud América, hacia y desde la República Oriental del Uruguay.-

II) que la empresa de referencia, ha decidido cerrar sus oficinas en la República Oriental del Uruguay.-

CONSIDERANDO: lo previsto por el artículo 121 del Código Aeronáutico, aprobado por el Decreto 39/977 de 25 de enero de 1977.-

ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo dictaminado por la Dirección Transporte Aéreo Comercial y la Asesoría Letrada de la Dirección General de Aviación Civil.-

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

RESUELVE:

1ro.- Déjase sin efecto la Resolución del Poder Ejecutivo 964/999 de 26 de octubre de 1999, por la cual se autorizó a la empresa «Martinair Holland N.V.» a explotar los servicios de transporte aéreo público no regular internacional de carga pura desde puntos de Europa, vía Sud América, hacia y desde la República Oriental del Uruguay.-

2do.- Comuníquese, publíquese y pase a sus efectos al Comando General de la Fuerza Aérea. Cumplido, archívese.-