14/04/04

13/04/04 – SE ESTABLECE CONSULADO DE DISTRITO EN LA REPÚBLICA DE SAN MARINO

VISTO: que sería de interés para la República contar con una Oficina Consular en la República de San Marino;

CONSIDERANDO: que el establecimiento de una Oficina Consular de la República en al República de San Marino habrá de contribuir al intercambio económico y turístico entre ambos países;

RESULTANDO: que el Gobierno de la República de San Mrino ha acordado la anuencoa necesaria para la apertura de u Consulado de Distrito de la República en la República de San Marino, conforme lo prevé el artículo 4° de la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares de fecha 24 de abril de 1963;

ATENTO: a lo expuesto, y a lo dispuesto por la Dirección General para Asuntos Técnicos-Administrativos, del Ministerio de Relaciones Exteriores de la República Oriental del Uruguay:

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

RESUELVE:

1°- Establécese el Consulado de Distrito de la República en la República de San Marino.

2°.- Comuníquese.