las presentes
    actuaciones promovidas por la Dirección Nacional de Minería y Geología
    tendientes a declarar la caducidad del título minero PERMISO DE
    PROSPECCIÓN concedido a ZÓSIMO NOGUEIRA DE MELLO por resolución de 16 de
    diciembre de 2002, en busca de rocas calcáreas, graníticas y oro, en la
    4ª Sección Catastral del Departamento de Treinta y Tres
    
    RESULTANDO: que el referido título fue otorgado por
    el plazo de 12 meses y notificado el 19 de diciembre de 2002
    
    CONSIDERANDO: que habiéndose configurado la causal
    de vencimiento del plazo de validez del título minero prevista en el
    artículo 21, ordinal I), literal a), del Código de Minería, corresponde
    declarar su caducidad
    
    ATENTO: a lo informado por la Dirección Nacional de
    Minería y Geología y lo dictaminado por la Asesoría Jurídica del
    Ministerio de Industria, Energía y Minería
    
    EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
    RESUELVE:
    1°.- Declárase que se ha producido la caducidad del
    título minero PERMISO DE PROSPECCIÓN otorgado a ZÓSIMO NOGUEIRA DE MELLO
    por resolución de 16 de diciembre de 2002, en busca de rocas calcáreas,
    graníticas y oro, en una superficie de 385 hás. 1715 m² afectando los
    padrones 1186, 6869 y 6870 de la 4ª Sección Catastral del Departamento de
    Treinta y Tres
    
    2°.- Notifíquese, comuníquese y pase a la
    Dirección Nacional de Minería y Geología a sus efectos.-