las presentes
actuaciones promovidas por la Dirección Nacional de Minería y Geología
tendientes a declarar la caducidad del título minero PERMISO DE
PROSPECCIÓN concedido a ZÓSIMO NOGUEIRA DE MELLO por resolución de 16 de
diciembre de 2002, en busca de rocas calcáreas, graníticas y oro, en la
4ª Sección Catastral del Departamento de Treinta y Tres
RESULTANDO: que el referido título fue otorgado por
el plazo de 12 meses y notificado el 19 de diciembre de 2002
CONSIDERANDO: que habiéndose configurado la causal
de vencimiento del plazo de validez del título minero prevista en el
artículo 21, ordinal I), literal a), del Código de Minería, corresponde
declarar su caducidad
ATENTO: a lo informado por la Dirección Nacional de
Minería y Geología y lo dictaminado por la Asesoría Jurídica del
Ministerio de Industria, Energía y Minería
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
1°.- Declárase que se ha producido la caducidad del
título minero PERMISO DE PROSPECCIÓN otorgado a ZÓSIMO NOGUEIRA DE MELLO
por resolución de 16 de diciembre de 2002, en busca de rocas calcáreas,
graníticas y oro, en una superficie de 385 hás. 1715 m² afectando los
padrones 1186, 6869 y 6870 de la 4ª Sección Catastral del Departamento de
Treinta y Tres
2°.- Notifíquese, comuníquese y pase a la
Dirección Nacional de Minería y Geología a sus efectos.-