el recurso de
revocación interpuesto por HUGO N. ETCHANDY, titular de un Permiso de
Exploración, contra la Resolución dictada por el Sr. Ministro de
Industria, Energía y Minería en ejercicio de atribuciones delegadas con
fecha 1° de setiembre de 2003, por la cual se establece servidumbre de
ocupación y se fija el precio de la misma sobre parte del padrón N° 3922
de la 6ª Sección Catastral del Departamento de Flores
RESULTANDO: I) se agravia el recurrente por la
fijación del precio de la misma, manifestando que es arrendatario de la
totalidad del inmueble correspondiente a dicho padrón
II) la Asesoría Jurídica señala que durante la
tramitación de las presentes actuaciones, nada se informó acerca de un
arrendamiento que vinculara al titular del permiso minero y al propietario
del inmueble, y que por otra parte, en el escrito de recurso a fojas 38
vuelta, comparecen el arrendatario y el titular del predio manifestando que
existe acuerdo en tal sentido, siendo la renta convenida suficiente
indemnización por la ocupación, concluyendo, por lo tanto, que el actuar
de la Administración fue acorde a derecho (Art. 33 del Código de
Minería), razón por la que sugiere mantener la resolución impugnada
CONSIDERANDO: que procede en consecuencia confirmar
la resolución en agravio
ATENTO: a lo dictaminado por la Asesoría Jurídica
del Ministerio de Industria, Energía y Minería y lo establecido en el
Código de Minería
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
1°.- Confírmase la Resolución de fecha 1° de
setiembre de 2003, por la cual se establece servidumbre de ocupación
accesoria al título minero Permiso de Exploración otorgado a HUGO N.
ETCHANDY, por Resolución del 23 de agosto de 2002, sobre un yacimiento de
granito ornamental, afectando parcialmente el padrón N° 3922, en un área
de 120 hás. 6000 m², en la 6ª Sección Catastral del Departamento de
Flores, fijándose el importe a pagar por el gestionante en concepto de
indemnización al propietario de dicho padrón
2°.- Comuníquese, y pase a la Dirección Nacional
Minería y Geología.-