la gestión
    promovida por la empresa FADISUN S.A. ante la Administración Nacional de
    Puertos, solicitando autorización para prestar servicios en el Puerto de
    Montevideo.
    
    RESULTANDO: I) Que dicha solicitud refiere a la
    habilitación para prestar servicios, "Al Buque" en la categoría
    "Reparaciones Navales" en el mencionado Puerto y su
    correspondiente inscripción en el Registro General de Empresas Prestadoras
    de Servicios Portuarios.
    
    II) Que la Unidad de Contralor de los Servicios
    Portuarios de la Administración Nacional de Puertos controló la
    documentación aportada por la interesada informando el cumplimiento de los
    requisitos administrativos y económicos requeridos en primera instancia.
    
    III) Que por Resolución N° 5O/3316 de 11 de febrero
    de 2004, el Directorio de la citada Administración Nacional, autorizó la
    mencionada habilitación, supeditada a la aprobación del Poder Ejecutivo.
    
    CONSIDERANDO: que elevados los antecedentes al
    Ministerio de Transporte y Obras Públicas se expidieron la Asesoría
    Técnica en Asuntos Portuarios y el Departamento Letrada, sin encontrar
    objeciones técnicas ni jurídicas a la gestión.
    
    ATENTO: a lo dispuesto por el Decreto N° 413/992 de
    1° de setiembre de 1992.
    
    EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
    RESUELVE:
    1°.- Apruébase la habilitación otorgada por la
    Administración Nacional de Puertos, por Resolución de Directorio N°
    50/3316 de 11 de febrero de 2004, a la empresa FADISUN S.A., para prestar
    servicios "Al Buque" en la categoría "Reparaciones
    Navales" en el Puerto de Montevideo.
    
    2º. - Comuníquese y vuelva a la Administración
    Nacional de Puertos, a sus efectos.