: la solicitud de la
    Unidad Ejecutora 007 "Instituto Nacional de Estadística" (INE),
    del Programa 003 "Elaboración, Supervisión, y Coordinación de las
    Estadísticas Nacionales", del Inciso 02 "Presidencia de la
    República" de trasponer la suma de $ 2:740.810 (dos millones
    setecientos cuarenta, mil ochocientos diez pesos ), del Objeto de Gasto 741
    "Refuerzo de créditos, funcionamiento e inversiones", al Objeto
    del Gasto 742 "Refuerzos de Partidas para Retribuciones
    Personales";
    
    RESULTANDO: I) que por artículo 63 de la Ley N°
    17.296, de 21 de febrero de 2001 se encarga al lNE , la realización del
    VIII Censo General de Población, IV de Hogares y VI de Viviendas, y que por
    Decreto N° 14/004, de 20 de enero de 2004, se dispone la realización de
    las actividades de la primera fase del referido Censo durante el año 2004,
    encomendando al INE la dirección, responsabilidad y ejecución de la misma;
    11) que la asignación, de los Objetos del Gasto 741 y 742 fue autorizada
    por planillado anexo a la Ley N° 17.296, de 21 de febrero de 2001 con
    destino a la realización de los Censos estipulados en el artículo 63 de la
    misma Ley;
    III) que en el Objeto del Gasto 741 se constata saldo de
    crédito presupuestal sin comprometer por el importe que se proyecta
    trasponer;
    
    CONSIDERANDO: I) que los gastos operativos y de
    inversión que demande la realización del VIII Censo General de Población,
    IV de Hogares y VI de Viviendas se ejecutarán por Convenio, y con el aporte
    del Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD), quedando a
    cargo del INE la contratación del personal externo y el pago de
    retribuciones complementarias a los funcionarios del Instituto;
    II) que la presente trasposición resulta imprescindible
    para que el INE de cumplimiento a las tareas que le fueron encomendadas por
    artículo 63 de la Ley N° 17.296, de 21 de febrero de 2001 y Decreto N°
    14/004, de 20 de enero de 2004;
    III) que la presente solicitud se enmarca en lo
    dispuesto por el artículo 33 de la Ley N° 17.296, de 21 de febrero de
    2001;
    
    ATENTO: a lo expuesto precedentemente;
    
    EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
    RESUELVE
    1°).- Autorizase a la Unidad Ejecutora 007
    "Instituto Nacional de Estadística" (INE), del Programa
    "Elaboración, Supervisión, y Coordinación de las Estadísticas
    Nacionales", del Inciso 02 "Presidencia de la República";,
    la trasposición de la suma de $ 2:740.810 (dos millones setecientos
    cuarenta mil ochocientos diez pesos), a valores de 1° de enero de 2004, del
    Objeto del Gasto 741 "Refuerzo de créditos, funcionamiento e
    inversiones", al Objeto del Gasto 742 "Refuerzos de Partidas para
    Retribuciones Personales".
    
    2°).- Comuníquese a la Contaduría General de la
    Nación, División Contabilidad y Finanzas de la Presidencia de la
    República, y pase al lNE a sus efectos.