la propuesta de
designar Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República ante
el Reino de Arabia Saudita al señor Embajador Antonio Luis Camps Valgoi;
RESULTANDO: que la Cámara de Senadores, de
conformidad con lo establecido por el numeral 12 del artículo 168 de la
Constitución de la República, otorgó oportunamente la venia
correspondiente;
CONSIDERANDO: I) que el Gobierno del Reino de Arabia
Saudita concedió el beneplácito de estilo;
II) que en las actuales circunstancias resulta
necesario proveer el referido destino;
ATENTO: a lo dispuesto por el numeral 12 del
artículo 168 de la Constitución de la República y por los artículos 40 y
42 del Decreto-Ley N° 14.206 de 6 de junio de 1974, en la redacción dada
por el artículo 294 de la Ley N° 15.809 de 8 de abril de 1986;
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
1°.- Desígnase Embajador Extraordinario y
Plenipotenciario de la República ante el Reino de Arabia Saudita, al señor
funcionario del Servicio Exterior Embajador Antonio Luis Camps Valgoi.
2°.- Declárase comprendido al señor Embajador
Camps en la excepción prevista por el artículo 42 del Decreto-Ley N°
14.206 de 6 de junio de 1974, en la redacción dada por el artículo 294 de
la Ley N° 15.809 de 8 de abril de 1986.
3°.- Otórguense al citado funcionario los pasajes y
demás compensaciones a que tenga derecho, de conformidad con lo dispuesto
por el artículo 76 de la Ley N° 12.802 de 30 de noviembre de 1960 y el
artículo 42 de la Ley N° 15.767 de 13 de setiembre de 1985.
4 °.- Expídase la documentación correspondiente.
5°.- Comuníquese, notifíquese, etc.-