la visita que
    realizó a la República Oriental del Uruguay el señor Ministro de
    Relaciones Exteriores de la República Federativa del Brasil, Don Celso
    Amorim, el día 14 de abril de 2004.
    
    CONSIDERANDO: que tal visita fue motivo de
    complacencia para el Gobierno
    de la República;
    
    ATENTO: a lo dispuesto por el artículo 287 de la Ley
    15.809 de 8 de abril de 1986, al Decreto del Poder Ejecutivo 24/84 de 17 de
    enero de 1984 y al Decreto 362/98 de 8 de diciembre de 1998;
    
    EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
    RESUELVE:
    1º.- Declárase Huésped Oficial de Honor al señor
    Ministro de Relaciones Exteriores de la República Federativa de Brasil, Don
    Celso Amorim, durante la visita que realizó a la República Oriental del
    Uruguay el día 14 de abril de 2004.
    
    2º.- La Contaduría General de la Nación procederá
    a habilitar el incremento del crédito del Grupo 7, Subgrupo 7.2, Objeto 721
    del Programa 001 "Administración", del Inciso 06, Ministerio de
    Relaciones Exteriores.
    
    3º. - Comuníquese, etc.