la visita que
realizó a la República Oriental del Uruguay el señor Ministro de
Relaciones Exteriores de la República Federativa del Brasil, Don Celso
Amorim, el día 14 de abril de 2004.
CONSIDERANDO: que tal visita fue motivo de
complacencia para el Gobierno
de la República;
ATENTO: a lo dispuesto por el artículo 287 de la Ley
15.809 de 8 de abril de 1986, al Decreto del Poder Ejecutivo 24/84 de 17 de
enero de 1984 y al Decreto 362/98 de 8 de diciembre de 1998;
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
1º.- Declárase Huésped Oficial de Honor al señor
Ministro de Relaciones Exteriores de la República Federativa de Brasil, Don
Celso Amorim, durante la visita que realizó a la República Oriental del
Uruguay el día 14 de abril de 2004.
2º.- La Contaduría General de la Nación procederá
a habilitar el incremento del crédito del Grupo 7, Subgrupo 7.2, Objeto 721
del Programa 001 "Administración", del Inciso 06, Ministerio de
Relaciones Exteriores.
3º. - Comuníquese, etc.