las presentes
actuaciones promovidas por la Dirección Nacional de Minería y Geología,
tendientes a declarar la caducidad del título minero PERMISO DE
PROSPECCIÓN concedido a TRISELCO S.A. por resolución de 31 de enero de
2001, en busca de cobre, hierro, plomo, plata, oro y zinc, en la 7ª
Sección Judicial y Catastral del Departamento de Colonia;
RESULTANDO: I) que el plazo de vigencia de dicho
título se estableció en 24 meses y se notificó el 5 de febrero de 2001;
II) que por resolución de 27 de marzo de 2003 se
concedió a TRISELCO S.A. la prórroga del título por un plazo de 12 meses
contados a partir del 6 de febrero de 2003 sobre una superficie de 748 hás.
5000 m2 afectando parcialmente los padrones 17929 y 17930 de la 7ª Sección
Catastral del Departamento de Colonia y se declaró libre de interferencia
el área restante de 748 hás. 6350 m2 afectando los padrones 3936, 14399 y
19579 de la misma Sección Catastral y Departamento;
CONSIDERANDO: que habiéndose configurado la causal
de vencimiento del plazo de validez del título minero prevista en el Art.
21, ordinal I), literal a), del Código de Minería, corresponde declarar su
caducidad;
ATENTO: a lo informado por la Dirección Nacional de
Minería y Geología y lo dictaminado por la Asesoría Jurídica del
Ministerio de Industria, Energía y Minería;
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
1º.- Declárase que se ha producido la caducidad del
título minero PERMISO DE PROSPECCIÓN otorgado a TRISELCO S.A., por
resolución de 31 de enero de 2001 y prorrogado por resolución de 27 de
marzo de 2003, en busca de cobre, hierro, plomo, plata, oro y zinc, sobre
una superficie de 748 hás. 5000 m2 afectando parcialmente los padrones
17929 y 17930 de la 7ª Sección Catastral del Departamento de Colonia.
2º.- Notifíquese, comuníquese y pase a la
Dirección Nacional de Minería y Geología a sus efectos.