las presentes
    actuaciones promovidas por la Dirección Nacional de Minería y Geología,
    tendientes a declarar la caducidad del título minero PERMISO DE
    PROSPECCIÓN concedido a TRISELCO S.A. por resolución de 31 de enero de
    2001, en busca de cobre, hierro, plomo, plata, oro y zinc, en la 7ª
    Sección Judicial y Catastral del Departamento de Colonia;
    
    RESULTANDO: I) que el plazo de vigencia de dicho
    título se estableció en 24 meses y se notificó el 5 de febrero de 2001;
    
    II) que por resolución de 27 de marzo de 2003 se
    concedió a TRISELCO S.A. la prórroga del título por un plazo de 12 meses
    contados a partir del 6 de febrero de 2003 sobre una superficie de 748 hás.
    5000 m2 afectando parcialmente los padrones 17929 y 17930 de la 7ª Sección
    Catastral del Departamento de Colonia y se declaró libre de interferencia
    el área restante de 748 hás. 6350 m2 afectando los padrones 3936, 14399 y
    19579 de la misma Sección Catastral y Departamento;
    
    CONSIDERANDO: que habiéndose configurado la causal
    de vencimiento del plazo de validez del título minero prevista en el Art.
    21, ordinal I), literal a), del Código de Minería, corresponde declarar su
    caducidad;
    
    ATENTO: a lo informado por la Dirección Nacional de
    Minería y Geología y lo dictaminado por la Asesoría Jurídica del
    Ministerio de Industria, Energía y Minería;
    
    EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
    RESUELVE:
    1º.- Declárase que se ha producido la caducidad del
    título minero PERMISO DE PROSPECCIÓN otorgado a TRISELCO S.A., por
    resolución de 31 de enero de 2001 y prorrogado por resolución de 27 de
    marzo de 2003, en busca de cobre, hierro, plomo, plata, oro y zinc, sobre
    una superficie de 748 hás. 5000 m2 afectando parcialmente los padrones
    17929 y 17930 de la 7ª Sección Catastral del Departamento de Colonia.
    
    2º.- Notifíquese, comuníquese y pase a la
    Dirección Nacional de Minería y Geología a sus efectos.