las presentes
actuaciones promovidas por la Dirección Nacional de Minería y Geología
tendientes a declarar la caducidad del título minero CONCESIÓN para
EXPLOTAR otorgado a JUAN V. KLEEFELD por resolución de 25 de junio de 1997,
sobre un yacimiento de grafito, en la 8ª Sección Judicial del Departamento
de Canelones;
RESULTANDO: I) que el plazo de vigencia de dicho
título se estableció en 15 años labrándose el Acta de toma de posesión
el 22 de agosto de 1997;
II) la concesionaria ha incurrido en falta de pago de
dos años continuos del canon de producción;
CONSIDERANDO: que habiéndose configurado la causal
prevista en el artículo 21, ordinal ll), literal c), num.1 del Código de
Minería, corresponde declarar su caducidad;
ATENTO: a lo informado por la Dirección Nacional de
Minería y Geología y lo dictaminado por la Asesoría Jurídica del
Ministerio de Industria, Energía y Minería;
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
1º.- Declárase que se ha producido la caducidad del
título minero CONCESIÓN para EXPLOTAR otorgado a JUAN V. KLEEFELD por
resolución de 25 de junio de 1997, sobre un yacimiento de grafito, por el
plazo de 15 años, afectando el padrón 13900, 14224, 14225, 15370 y 15983
en 5656 m2; 9812 m2, 2 hás. 2688 m2; 5123 m2 y 2 hás 3829 m2
respectivamente, totalizando un área de 6 hás. 7118 m2, en la 8ª Sección
Judicial del Departamento de Canelones.
2º.- Notifíquese, comuníquese y pase a la
Dirección Nacional de Minería y Geología a sus efectos.