las presentes
    actuaciones promovidas por la Dirección Nacional de Minería y Geología
    tendientes a declarar la caducidad del título minero CONCESIÓN para
    EXPLOTAR otorgado a JUAN V. KLEEFELD por resolución de 25 de junio de 1997,
    sobre un yacimiento de grafito, en la 8ª Sección Judicial del Departamento
    de Canelones;
    
    RESULTANDO: I) que el plazo de vigencia de dicho
    título se estableció en 15 años labrándose el Acta de toma de posesión
    el 22 de agosto de 1997;
    
    II) la concesionaria ha incurrido en falta de pago de
    dos años continuos del canon de producción;
    
    CONSIDERANDO: que habiéndose configurado la causal
    prevista en el artículo 21, ordinal ll), literal c), num.1 del Código de
    Minería, corresponde declarar su caducidad;
    
    ATENTO: a lo informado por la Dirección Nacional de
    Minería y Geología y lo dictaminado por la Asesoría Jurídica del
    Ministerio de Industria, Energía y Minería;
    
    EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
    RESUELVE:
    1º.- Declárase que se ha producido la caducidad del
    título minero CONCESIÓN para EXPLOTAR otorgado a JUAN V. KLEEFELD por
    resolución de 25 de junio de 1997, sobre un yacimiento de grafito, por el
    plazo de 15 años, afectando el padrón 13900, 14224, 14225, 15370 y 15983
    en 5656 m2; 9812 m2, 2 hás. 2688 m2; 5123 m2 y 2 hás 3829 m2
    respectivamente, totalizando un área de 6 hás. 7118 m2, en la 8ª Sección
    Judicial del Departamento de Canelones.
    
    2º.- Notifíquese, comuníquese y pase a la
    Dirección Nacional de Minería y Geología a sus efectos.