las presentes
actuaciones promovidas por la Dirección Nacional de Minería y Geología
tendientes a declarar la caducidad del título minero CONCESIÓN para
EXPLOTAR otorgado a EDELFIN S.A. por resolución de 1° de octubre de 1997,
sobre un yacimiento de granito negro, en la 5ª Sección Judicial del
Departamento de Colonia;
RESULTANDO: I) que el plazo de vigencia de dicho
título se estableció en 30 años labrándose el Acta de toma de posesión
el 16 de octubre de 1997;
II) la concesionaria ha incurrido en falta de pago de
dos años continuos del canon de producción;
CONSIDERANDO: que habiéndose configurado la causal
prevista en el artículo 21, ordinal II), literal c), num.1 del Código de
Minería, corresponde declarar su caducidad;
ATENTO: a lo informado por la Dirección Nacional de
Minería y Geología y lo dictaminado por la Asesoría Jurídica del
Ministerio de Industria, Energía y Minería;
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
1º.- Declárase que se ha producido la caducidad del
título minero CONCESIÓN para EXPLOTAR otorgado a EDELFIN S.A. por
resolución de 1° de octubre de 1997, sobre un yacimiento de granito negro,
por el plazo de 30 años, afectando el padrón 13841, en un área de 41
hás. 7099 m2, de la 5ª Sección Judicial del Departamento de Colonia.
2º.- Notifíquese, comuníquese y pase a la
Dirección Nacional de Minería y Geología a sus efectos.