el Convenio celebrado el 14 de abril de
2004, entre el Ministerio de Transporte y Obras Públicas, la
Administración Nacional de Educación Pública y la Comisión Fomento de la
Escuela N° 52 "Juan Zorrilla de San Martín': de San José de Mayo,
Departamento de San José
RESULTANDO: I) que con fecha trece de diciembre de
2001 se firmó un Convenio Marco entre el Ministerio de Transporte y Obras
Públicas y la Administración Nacional de Educación Pública, aprobado por
el Poder Ejecutivo con fecha 31/12/2001
II) que el Convenio mencionado en el visto de la
presente resolución con un aporte de la Administración Nacional de
Educación Pública de $936.000.- (pesos uruguayos novecientos treinta y
seis mil), del que se deducirán las Leyes Sociales correspondientes y
Honorarios del técnico actuante, será depositado en 3 (tres) cuotas para
realizar reparaciones varias en instalación eléctrica, cubierta superior,
cielorraso, pavimentos interiores, pavimento exterior, cerramientos
móviles, antepechos, parasoles y pintura
CONSIDERANDO: I) que el convenio relacionado se
ajusta a lo dispuesto en el artículo 20° de la Ley N° 17.243 del 29 de
Junio de 2000, al artículo 4° del Decreto 137/001 de fecha 25 de abril de
2001 y al numeral tercero del artículo quinto del citado convenio marco
ATENTO: a la normativa mencionada y a los informes de
los técnicos del Ministerio de Transporte y Obras Públicas y de la
Administración Nacional de Educación Pública
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
1°. Apruébase, en todas sus partes, el Convenio
celebrado el 14 de abril de 2004, entre el Ministerio de Transporte y Obras
Públicas, la Administración Nacional de Educación Pública y la Comisión
Fomento de la Escuela N° 52 " Juan Zorrilla de San Martín", de
San José de Mayo, Departamento de San José, con el objeto de realizar
reparaciones varias en instalación eléctrica, cubierta superior;
cielorraso, pavimentos interiores, pavimento exterior, cerramientos
móviles, antepechos, parasoles y pintura
2°. Comuníquese, y previo conocimiento de la
Auditoría Delegada del Consejo Directivo Central de la Administración
Nacional de Educación Pública, pase a la Gerencia de Inversiones de la
citada Administración a efectos de gestionar la transferencia a la Cuenta
N° 0470003479 del Banco de la República Oriental del Uruguay (Sucursal San
José), perteneciente a la Inspección Departamental de Escuelas de San
José para la Comisión Fomento de la Escuela N° 52 de San José de Mayo.-
Cumplido, vuelva con la constancia de dicha transferencia al Departamento de
Convenios del Ministerio de Transporte y Obras Públicas, a sus efectos.-