28/04/04

28/04/04 - INCLUSIÓN EN EL INVENTARIO DE CANTERAS DE OBRAS PÚBLICAS DE YACIMIENTO DE GRANITO DESCOMPUESTO DEL DEPARTAMENTO DE TREINTA Y TRES


VISTO:
estos antecedentes relativos al yacimiento de granito descompuesto ubicado en el padrón N°4849 (p) de la 1ª Sección Judicial del Departamento de Treinta y Tres

RESULTANDO: I) Que la Dirección Nacional de Vialidad estima necesario su inclusión en el Inventario de Canteras de Obras Públicas a que refiere el artículo 250 de la Ley N°16,320 de 1° de noviembre de 1992

II) Que el material a extraer será utilizado en las obras: "Contrato de Mantenimiento de Ruta N°8 entre Minas y Treinta y Tres y Rehabilitación de Ruta N°8 entre Treinta y Tres y 310Km000", a cargo de la empresa ARNEL S. R. L.

III) Que el Departamento Letrada del Ministesterio de Transporte y Obras Públicas, no formula observaciones al respecto

CONSIDERANDO: que las canteras incluidas en el referido inventario no están regidas por las disposiciones del Código de Minería, y rigen por consiguiente las normas de derecho común aplicables en la materia

ATENTO: a lo dispuesto en el artículo 250 de la Ley N°16.320 de lo de noviembre de 1992

EL PRESIDENTE DE. LA REPÚBLICA

RESUELVE:

1. Inclúyase en el Inventario de Canteras de Obras Públicas, a cargo de la Dirección Nacional de Vialidad del Ministerio de Transporte y Obras Públicas, el siguiente bien: granito descompuesto, ubicado en la 1ª Seccíón Judicial del Departamento de Treinta y Tres, padrón N°4849 (p), propietario AGROLAN S.A.

2°. Autorízase la extracción de dichos materiales por parte de la Dirección Nacional de Vialidad, los que serán utilizados en las obras: "Contrato de Mantenimiento de Ruta N°8 entre Minas y Treinta y Tres y Rehabilitación de Ruta N°8 entre Treinta y Tres y 310Km000", a cargo de la empresa ARNEL S.R.L.

3°. Comuníquese, publíquese y vuelva a la Dirección Nacional de Vialidad para la notificación de los interesados y demás efectos.-