estos antecedentes
relativos al yacimiento de balasto ubicado en el padrón N°4451 de la 6ª
Sección Judicial del Departamento de Colonia
RESULTANDO: I) Que la Dirección Nacional de Vialidad
estima necesario su inclusión en el Inventario de Canteras de Obras
Públicas a que refiere el artículo 250 de la Ley N°16.320 de 1° de
noviembre de 1992
II) Que el material a extraer será utilizado en las
obras: "Ruta N° 21 tramo: 234Km000-Arroyo Las Vacas (252Km300)" a
cargo de la empresa COLIER S.A.
III) Que el Departamento Letrada del Ministerio de
Transporte y Obras Públicas, no formula observaciones al respecto
CONSIDERANDO: que las canteras incluidas en el
referido inventario no están regidas por las disposiciones del Código de
Minería, y rigen por consiguiente las normas de derecho común aplicables
en la materia
ATENTO: a lo dispuesto en el artículo 250 de la Ley
N°16.320 de 1° de noviembre de 1992
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
1°.- Inclúyase en el Inventario de Canteras de
Obras Públicas, a cargo de la Dirección Nacional de Vialidad del
Ministerio de Transporte y Obras Públicas, el siguiente bien: yacimiento de
balasto, ubicado en la 6ª Sección Judicial del Departamento de Colonia,
padrón N°4451, cuyo propietario es el Señor Roque Debenedetti
2°.- Autorízase la extracción de dichos materiales
por parte de la Dirección Nacional de Vialidad, los que serán utilizados
en las obras: "Ruta N°21 tramo: 234Km000-Arroyo Las Vacas
(252Km300)" a cargo de la empresa COLIER S.A.
3°- Comuníquese, publíquese y vuelva a la
Dirección Nacional de Vialidad para la notificación de los. interesados y
demás efectos.-