la gestión
    promovida por la Dirección Nacional de Vialidad tendiente a sustituir un
    tramo de carretera incluido en el "Contrato de Mantenimiento Rutinario
    por niveles de servicio en la Regional 8 - Circuito Durazno"
    
    RESULTANDO: I) Que dichas obras están a cargo de la
    empresa WORKVIAL S.R.L. según Resolución del Poder Ejecutivo de 17 de
    julio de 2001, que adjudico el llamado a Licitación Pública Nacional
    N°4/01
    
    II) Que la mencionada Unidad Ejecutora solicita la
    autorización pertinente que habilite el cambio del tramo identificado como
    Ruta N°5 entre las progresivas 225Km700-248km800 incluido en el Contrato
    mencionado, por el de Ruta N°4 entre las progresivas 227km600-237Km600,
    dado que el primero de ellos está incorporado en la Licitación C/09
    formulada para la "Construcción del refuerzo de pavimento de Ruta N°5
    tramo: 245km800-270Km000" que ejecuta la empresa COLIER S.A. en el
    marco del Contrato de Concesión de Obra Pública celebrado entre la
    Dirección Nacional de Vialidad y la Corporación Nacional para el
    Desarrollo (Corporación Vial del Uruguay S.A.)
    
    III) Que la empresa WORKVIAL S.R.L. ha prestado su
    conformidad al respecto según surge del fax de 2 de diciembre de 2003
    obrante en autos
    
    IV) Que el Departamento Letrada del Ministerio de
    Transporte y Obras Públicas por Informe N°574/03 de 11 de diciembre de
    2003 no formula objeciones en tal sentido dado que la iniciativa resulta
    amparada en lo establecido por el artículo 4.2 de la Sección I del Pliego
    de Condiciones particulares de la Licitación N°4/01
    
    V) Que ha tomado intervención el Tribunal de Cuentas
    de la República (Oficina Central - Carpeta N°191.843) sin formular
    objeciones al respecto
    
    CONSIDERANDO: que la sustitución de tramos de que se
    trata no altera la ecuación económica del contrato, según se refleja en
    el cuadro formulado por el Órgano de Control de Contratos de Mantenimiento
    (fojas 31)
    
    ATENTO: a lo expuesto
    
    EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
    RESUELVE:
    1°.- Autorízase la sustitución del tramo de
    carretera de Ruta N°5 entre las progresivas 225Km700 248km800, incluido en
    el "Contrato de Mantenimiento Rutinario por niveles de servicio en la
    Regional 8 - Circuito Durazno", a cargo de la empresa WORKVIAL S.R.L.
    según Resolución del Poder Ejecutivo de 17 de julio de 2001, por el tramo
    de carretera de Ruta N°4 entre las progresivas 227Km600-237Km600, en las
    condiciones establecidas por la Dirección Nacional de Vialidad
    
    2°.- Comuníquese y vuelva a la precitada Unidad
    Ejecutora a sus efectos.-