06/05/04

05/05/04 - CADUCIDAD DE TÍTULO MINERO PERMISO DE PROSPECCIÓN A ANCAP

VISTO: las presentes actuaciones promovidas por la Dirección Nacional de Minería y Geología tendientes a declarar la caducidad del título minero PERMISO DE PROSPECCIÓN otorgado a A.N.C.A.P. por resolución de 3 de diciembre de 2002, en busca de caliza, en la 7a Sección Catastral del Departamento de Lavalleja;

RESULTANDO: que el referido título fue otorgado por el plazo de 12 meses y notificado el 10 de diciembre de 2002;

CONSIDERANDO: que habiéndose configurado la causal de vencimiento del plazo de validez del título minero prevista en el artículo 21, ordinal I), literal a), del Código de Minería, corresponde declarar su caducidad;

ATENTO: a lo informado por la Dirección Nacional de Minería y Geología y lo dictaminado por la Asesoría Jurídica del Ministerio de Industria, Energía y Minería;

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBUCA

RESUELVE:

1°.- Declárase que se ha producido la caducidad del título minero PERMISO DE PROSPECCIÓN otorgado a A.N.C.A.P. por resolución de 3 de diciembre de 2002, en busca de caliza, en un área de 114 hás., afectando los padrones 2180 y 2165 de la 7a Sección Catastral del Departamento de Lavalleja.

2°.- Notifíquese, comuníquese y pase a la Dirección Nacional de Minería y Geología a sus efectos.