el Convenio -obrante
    en autos- suscrito con fecha de diciembre de 2003, y su acuerdo
    modificatorio de fecha abril de 2004, entre el Ministerio de Transporte y
    Obras Públicas y la empresa SACEEM.
    
    RESULTANDO: I) Que la empresa mencionada es acreedora
    de la Administración, por concepto de intereses moratorios originados en el
    no pago en fecha de algunos de los certificados de las obras: Ruta N° 5:
    Pasaje Ferroviario; Ruta N°3: Puente Arroyo Las Flores; Ruta N°3: Puente
    Cañada Palmitas; Ruta N°8: Puente Arroyo Garrote; Ruta N°3: Puente Arroyo
    Los Chanchos; Ruta N°3: Puente Arroyo Rabón; Ruta N°3: Puente Río
    Daymán; Ruta N°3: Puen.te Arroyo San José; Ruta N°8; Puente Arroyo San
    Antonio; Ruta N°8: Puente Arroyo Sauce; Rutas N°s. 2 y 3: Puentes Río
    Queguay, Río Daymán y Arroyo Colla, Ruta N°8: Puentes Arroyos Molles, La
    Calera y Sarandí; Reconstrucciones de tableros y apoyos y Puente de Las
    Américas.
    
    II) Que las partes acordaron en $3:552.320 el monto
    que debe abonar la Administración por los conceptos prealudidos y a su vez
    fijaron el cronograma de pagos y la forma de documentar los mismos.
    
    III) Que existe al respecto informe contable
    formulado por la División Apoyo de la Dirección Nacional de Vialidad que
    indica los recursos con que se atenderán las erogaciones mencionadas y a la
    existencia dé crédito disponible, según consulta formulada al SIIF.
    
    IV) Que el Tribunal de Cuentas de la República
    (Oficina Central Carpeta N°200.939) ha tomado la intervención previa que
    le compete, sin formular objeciones al respecto.
    
    ATENTO: a lo dispuesto por el artículo 55 del Pliego
    de Condiciones de la Dirección Nacional de Vialidad para la
    "Construcción de Puentes y Carreteras", aprobado por el Decreto
    N°8/990 de 24 de enero de 1990 y Decreto N°298/003
 de
    23 de julio de 2003.
    
    PRSIDENTE DE LA REPÚBLICA
    RESUELVE
    1°.- Apruébase -en todas sus partes-. el Convenio
    suscrito - con fecha 2 de diciembre de 2003, y su acuerdo modificatorio de
    fecha 2 abril de 2004, entre el Ministerio de Transporte y Obras Públicas y
    la empresa SACEEM, destinado a abonar a dicha firma los intereses moratorios
    pendientes de resolución, originados por el no pago en fecha de los
    certificados de las obras: Ruta N°5: Pasaje Ferroviario; Ruta N°3: Puente
    ArroyQ Las Flores; Ruta N°3: Puente Cañada Palmitas; Ruta N°8: Puente
    Arroyo Garrote;. Ruta N°3: Puente Arroyo Los Chanchos, Ruta N°3: Puente
    Arroyo Rabón; Ruta N°3: Puente Río Daymán, Ruta N°3: Puente Arroyo San
    José; Ruta N°8: Puente Arroyo San Antonio; Ruta N°8: Puente Arroyo sauce;
    Rutas N°s. 2 y 3: Puentes Río Queguay, Río Daymán y Arroyo Colla, Ruta
    N°8: Puentes Arroyos Molles, La Calera y Sarandi; Reconstrucciones de
    tableros y apoyos y Puente de Las Américas.
    2º.- Autorízase a dichos fines la inversión de
    la suma de - $3:552.320 (pesos uruguayos tres millones quinientos cincuenta
    y dos mil trescientos veinte), incluido el IVA, la cual se atenderá con
    cargo a la Ley N°17.296 de 28 de febrero de 2001, Inciso 10, Programa 003,
    Proyecto 730, Financiación 1.1 Rentas Generales, Ejercicio 2003.
    
    3º.- Comuníquese, tome nota el Contador Central
    delegado del Tribunal de Cuentas de la República, destacado en el
    Ministerio de Transporte y Obras públicas y vuelva a la Dirección Nacional
    de Vialidad de dicha Secretaría de Estado a fin de notificar al, interesado
    y dar cumplimiento al Convenio aprobado.