el proyecto
ejecutado presentado ante la Dirección Nacional de Hidrografía (DNH) por
CERRO FREE PORT S.A. para la construcción y desarrollo del Puerto Punta de
Sayago, departamento de Montevideo.
RESULTANDO: I) Que según resolución del Poder
Ejecutivo n° 124/02 de 23 de enero de 2002 (numeral 10°), CERRO FREE PORT
S.A. disponía de un plazo de 12 meses a partir de su notificación, para la
presentación del proyecto ejecutivo de las obras para su aprobación por el
Ministerio de Transporte y Obras Públicas;
II) Que el citado numeral 10° establece que el
estudio previo a la aprobación del proyecto ejecutivo se limitará a
comprobar si se verifican los extremos de dicha resolución y del contrato
con la Administración Nacional de Puertos (ANP), aplicándose las reglas
del arte.
III) Que CERRO FREE PORT S.A. presentó el proyecto
ejecutivo el 17 de enero de 2003, dentro del plazo dispuesto, y el 19 de
mayo siguiente completó la respuesta a las observaciones formuladas por la
DNH y la ANP.
IV) Que el 22 de marzo de 2004 se celebró el
contrato entre ANP y CERRO FREE PORT S.A., conforme a lo dispuesto en las
Bases Administrativas y Técnicas de la ANP incluidas en el Anexo I de la
citada resolución del Poder.
V) Que dicho contrato establece (cláusula 11ª) que
el concesionario no podrá iniciar obras marítimas de ninguna naturaleza,
previo a la presentación y aprobación por parte de la ANP del seguro
establecido en el numeral 3.18 de las Bases Administrativas y Técnicas de
la ANP.
VI) Que con fecha 29 de marzo de 2004, CERRO FREE
PORT S.A. solicitó una prórroga de 12 meses a partir del 22 de marzo de
2004 del plazo para el inicio de obras previsto en el numeral 12° de la
resolución 124/02 del Poder Ejecutivo, a los efectos de la
selección de las empresas contratistas; Esto sin perjuicio de iniciar de
inmediato las obras de: "Readecuación del puerto existente y
preparatorias del proyecto ejecutivo", con el fin exclusivo de
facilitar, las futuras necesidades de implantación y movilización de las
empresas constructoras que han de realizar las obras de construcción del
puerto de Punta de Sayago", cuyo proyecto final fue presentado el 27 de
abril de 2004 (exp. 2003/36-4).
CONSIDERANDO: I) Que efectuado el análisis
correspondiente, el Órgano de Control respectivo estima que se han cumplido
los extremos previstos en el numeral 10° de la resolución de Poder
Ejecutivo N° 124/02.
II) Que el Departamento de Proyectos y Obras de la
DNH informa no tener objeciones técnicas que realizar al proyecto ejecutivo
de las obras del Puerto Punta de Sayago presentado por CERRO FREE PORT S.A.,
ni al proyecto de las obras "Readecuación del puerto existente y
preparatorias del proyecto ejecutivo", de acuerdo a la intervención
que corresponde según el numeral 10º
de la resolución del Poder Ejecutivo n° 124/002 del 23
de enero de 2002.
III) Que por lo tanto corresponde aprobar el proyecto
ejecutivo de las obras del
Puerto Punta de Sayago presentado por CERRO FREE PORT
S.A.
IV) Que asimismo, corresponde aprobar el proyecto de
las obras de "Readecuación del puerto existente y preparatorias del
inicio del proyecto ejecutivo".
V) Que, dado que la aprobación del proyecto
ejecutivo de las obras del Puerto Punta de Sayago se encontraba condicionada
al otorgamiento del contrato con ANP, resulta atendible la solicitud de
CERRO FREE PORT S.A. de prórroga del
plazo dispuesto para el inicio de obras.
ATENTO: A lo precedentemente expuesto.
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
1°. APRUÉBASE, con el alcance establecido en el
numeral 10° de la Resolución del Poder Ejecutivo N° 124/02 de 23 de enero
de 2002, el proyecto ejecutivo de las obras del Puerto Punta de Sayago,
departamento de Montevideo, presentado por la empresa CERRO FREE PORT S.A.
indicado en el resultando III de la presente Resolución.
2°. El plazo máximo para el comienzo de las obras
referidas será el 22 de marzo de 2005.
3°. CERRO FREE PORT S.A. deberá:
a) Informar al M.T.O.P. acerca de la empresa
adjudicataria de la obra, como mínimo 90 días antes del inicio de las
obras antes referidas, y del personal responsable directamente vinculado a
las obras, como mínimo 30 días antes del inicio de las mismas. La empresa
y el personal deberán contar con experiencia en proyectos y construcción
de obras similares. El M.T.O.P. podrá observarlos, si entendiera que no
cumplen con los requisitos mínimos necesarios, dentro de un plazo de 15
días de presentada dicha información. De no pronunciarse en dicho plazo,
fa propuesta se tendrá por aprobada, si bien el M.T.O.P. podrá solicitar
en cualquier momento información relativa a ambos.
b) Presentar ante el M.T.O.P .para su aprobación, en
un plazo máximo de 45 días antes del inicio de las obras, los siguientes
estudios, cuyo análisis estará a cargo de la DNH, con el asesoramiento de
la A.N.P.:
.Sistema que se utilizará para la retirada de los fangos
del interior de los recintos de tablestacas.
.Procedimientos constructivos previstos para la
construcción de los muelles, dique y contradique, incluyendo hinca de
pilotes y tablestacas, hormigones sumergidos y demás restantes.
.Ingeniería de detalle de cada una de las obras de
hormigón. En este caso se podrá gestionar la aprobación de la ingeniería
de detalle de una etapa de obra, dentro del plazo establecido, previo
al Inicio de esa etapa ;
.Cronograma de obras y plan de mantenimiento de obras
actualizados-.
c) Entregar para su aprobación, original, cuatro
copias y copia en soporte magnético (MSOffice y CAD) de la información
descripta en el literal anterior, como mínimo 15 días hábiles antes del
plazo máximo establecido en el mismo. 4°. El atraso en la entrega
de los estudios mencionados precedentemente será considerado como
incumplimiento grave de lo dispuesto en la Resolución del Poder Ejecutivo
n° 124/02 de 23 de enero de 2002. También se considerará que hay atraso
en caso de que la documentación presentada no cumpla, ostensiblemente, con
el nivel mínimo de exigencia.
5º. El plazo máximo para la ejecución y
aprobación de las obras referidas, así como para la adquisición y puesta
en operación de los equipos y sistemas necesarios para su explotación,
será de 40 meses a partir de la notificación de la presente resolución.
6°. APRUEBASE el proyecto de las obras de
"Readecuación del puerto existente y preparatorias del inicio del
proyecto ejecutivo" presentado por CERRO FREE PORT S.A. indicado en el
resultando VI de la presente Resolución. El plazo máximo para el inicio de
estas obras será de 45 días a partir de la notificación de la presente
resolución.
7°. CERRO FREE PORT S.A., deberá:
a) Previo al inicio de las obras, obtener bajo su
responsabilidad y costo, las autorizaciones de todos los organismos
competentes, y cumplir con las disposiciones correspondientes. En
particular, deberá constituir previo al inicio de obras marítimas, el
seguro establecido en la cláusula 11ª del contrato de concesión con ANP:
b) Informar a la D.N.H. del M.T.O.P. acerca de la
empresa adjudicataria de las obras referidas en el numeral 6° y del
personal responsable directamente vinculado a éstas, como mínimo 20 días
antes del inicio de las mismas. La empresa y el personal deberán contar con
experiencia en proyectos y construcción de obras similares. La D.N.H.
podrá observarlos, si entendiera que no cumplen con los requisitos mínimos
necesarios, dentro de un plazo de 10 días desde que fueran informados a la
D.N.H. De no pronunciarse en dicho plazo, la propuesta se tendrá por
aprobada, si bien la D.N.H. podrá solicitar en cualquier momento
información relativa a ambos.
8°. Las obras referidas en el numerar 6º de la
presente resolución, deberán ser destinadas exclusivamente a los usos
declarados por la empresa y aceptados por el MTOP-DNH.
9°. Concluida cada etapa de obra, CERRO FREE PORT
S.A. deberá presentar ante la D.N.H. del M.T.O.P, dentro de un plazo
máximo de 90 días, los planos conforme a obra (original, cuatro copias
papel y copia en soporte magnético - c archivos CAD-).
10º. Notifíquese, comuníquese a la Administración
Nacional de Puertos y a los
Ministerios de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio
Ambiente, Defensa Nacional, Ganadería, Agricultura y Pesca, Interior,
Economía y Finanzas e Intendencia Municipal de Montevideo.