19/05/04 - CADUCIDAD DE TÍTULO MINERO PERMISO DE
PROSPECCIÓN A ARIEL, RAQUEL Y ESTELA RIANI GURUCEAGA
VISTO: las presentes actuaciones promovidas por la
Dirección Nacional de Minería y Geología tendientes a declarar la
caducidad del título minero PERMISO DE PROSPECCIÓN otorgado a ARIEL,
RAQUEL y ESTELA RIANI GURUCEAGA por resolución de 31 de octubre de 2002, en
busca de ágatas, cornalinas y cuarzos, en la 3a Sección Catastral del
Departamento de Artigas; RESULTANDO: que el referido título fue
otorgado por el plazo de 12 meses y notificado el 6 de noviembre de 2002,
CONSIDERANDO: que habiéndose configurado la causal
de vencimiento del plazo de validez del título minero prevista en el
artículo 21, ordinal I), literal a), del Código de Minería, corresponde
declarar su caducidad;
ATENTO: a lo informado por la Dirección Nacional de
Minería y Geología y lo dictaminado por la Asesoría Jurídica del
Ministerio de Industria, Energía y Minería;
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
1°.- Declárase que se ha producido la caducidad del
título minero PERMISO DE PROSPECCIÓN otorgado a ARIEL, RAQUEL y ESTELA
RIANI GURUCEAGA por resolución de 31 de octubre de 2002, en busca de
ágatas, cornalinas y cuarzos, en un área de 705 hás. 1005 m2, afectando
totalmente los padrones 1513, 1547, 1576, 1832, 1870 y 3000 y parcialmente
el padrón 2921, de la 3a Sección Catastral del Departamento de Artigas.
2°.- Notifíquese, comuníquese y pase a la
Dirección Nacional de Minería y Geología a sus efectos.