20/05/04
20/05/04 – AUTORIZACIÓN DE TRANSFERENCIA DE
TITULARIDAD DE LA AUTORIZACIÓN A IMELAR S.A. A FAVOR DE KELECOM S.A.
VISTO: las presentes actuaciones por las cuales la
Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones (URSEC), da cuenta de la
gestión promovida por la empresa IMELAR S.A., para que se autorice la
transferencia del servicio de telefonía de larga distancia internacional, a
favor de la empresa «KELECOM S.A.».-
RESULTANDO: I) que por la Resolución del Poder
Ejecutivo 1732/001 de 27 de noviembre de 2001, se le autorizó a la empresa
IMELAR S.A., a prestar el servicio de telefonía de larga distancia
internacional, previa obtención de la autorización del sistema por la
Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones (URSEC).-
II) que por la Resolución de la Unidad Reguladora
077/02 de 7 de marzo de 2002, se autorizó el sistema presentado por la
empresa «IMELAR S.A.», destinado a la prestación del servicio de
telefonía de larga distancia internacional, apoyándose en redes de
terceros.-
CONSIDERANDO: I) que no existen limitaciones
emergentes del marco jurídico normativo para acceder a la transferencia
solicitada, ni se han planteado observaciones de carácter técnico por
parte del organismo competente.-
II) que «IMELAR S.A.», ha cumplido con los extremos
del numeral 11 de la Resolución del Poder Ejecutivo 1732/01 de 27 de
noviembre de 2001.- III) que la empresa «KELECOM S.A.», ha dado
cumplimiento a los requisitos establecidos por el Decreto 115/003 de 25 de
marzo de 2003.-
ATENTO: a lo precedentemente expuesto, a lo dispuesto
por la Ley 17.296 de 21 de febrero de 2001 y por el Decreto 115/003 de 25 de
marzo de 2003, a lo informado por la Unidad Reguladora de Servicios de
Comunicaciones (URSEC) y a lo dictaminado por la Asesoría Letrada de la
misma.-
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
1ro.- Autorízase la transferencia de titularidad de
la autorización conferida por la Resolución del Poder Ejecutivo 1732/01 de
27 de noviembre de 2001, a la empresa «IMELAR S.A.», para prestar el
servicio de telefonía de larga distancia internacional, a favor de la
empresa «KELECOM S.A.».-
2do.- Comuníquese, publíquese y pase a la Unidad
Reguladora de Servicios de Comunicaciones (URSEC), a sus efectos. Cumplido,
archívese.-