20/05/04

20/05/04 – AUTORIZACIÓN DE TRANSFERENCIA DE TITULARIDAD DE LA AUTORIZACIÓN A IMELAR S.A. A FAVOR DE KELECOM S.A.

VISTO: las presentes actuaciones por las cuales la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones (URSEC), da cuenta de la gestión promovida por la empresa IMELAR S.A., para que se autorice la transferencia del servicio de telefonía de larga distancia internacional, a favor de la empresa «KELECOM S.A.».-

RESULTANDO: I) que por la Resolución del Poder Ejecutivo 1732/001 de 27 de noviembre de 2001, se le autorizó a la empresa IMELAR S.A., a prestar el servicio de telefonía de larga distancia internacional, previa obtención de la autorización del sistema por la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones (URSEC).-

II) que por la Resolución de la Unidad Reguladora 077/02 de 7 de marzo de 2002, se autorizó el sistema presentado por la empresa «IMELAR S.A.», destinado a la prestación del servicio de telefonía de larga distancia internacional, apoyándose en redes de terceros.-

CONSIDERANDO: I) que no existen limitaciones emergentes del marco jurídico normativo para acceder a la transferencia solicitada, ni se han planteado observaciones de carácter técnico por parte del organismo competente.-

II) que «IMELAR S.A.», ha cumplido con los extremos del numeral 11 de la Resolución del Poder Ejecutivo 1732/01 de 27 de noviembre de 2001.- III) que la empresa «KELECOM S.A.», ha dado cumplimiento a los requisitos establecidos por el Decreto 115/003 de 25 de marzo de 2003.-

ATENTO: a lo precedentemente expuesto, a lo dispuesto por la Ley 17.296 de 21 de febrero de 2001 y por el Decreto 115/003 de 25 de marzo de 2003, a lo informado por la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones (URSEC) y a lo dictaminado por la Asesoría Letrada de la misma.-

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

RESUELVE:

1ro.- Autorízase la transferencia de titularidad de la autorización conferida por la Resolución del Poder Ejecutivo 1732/01 de 27 de noviembre de 2001, a la empresa «IMELAR S.A.», para prestar el servicio de telefonía de larga distancia internacional, a favor de la empresa «KELECOM S.A.».-

2do.- Comuníquese, publíquese y pase a la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones (URSEC), a sus efectos. Cumplido, archívese.-