20/05/04

20/05/04 - DESAFECTACIÓN DEL INVENTARIO DE CANTERAS DE OBRAS PÚBLICAS DE YACIMIENTO DE CALIZAS SEDIMENTARIAS DEL DEPARTAMENTO DE RÍO NEGRO

VISTO: la gestión promovida por la Dirección Nacional de Vialidad, tendiente a la baja del Inventario de Canteras de Obras Públicas del yacimiento de calizas sedimentarias (mineral clase III), ubicado en el padrón N° 3380 de la 2ª Sección Judicial del Departamento de Río Negro

RESULTANDO: I) Que por Resolución del Poder Ejecutivo de fecha 6 de marzo de 2002, incluyó en el Inventario mencionado, dicho yacimiento para su utilización por parte de la Dirección Nacional de Vialidad en las obras: "Ruta N°25 Tramo: Tres Bocas-Young", en el marco de lo establecido por el artículo 250 de la Ley N° 16.320 de 1° de noviembre de 1992

II) Que el Departamento Letrada del Ministerio de Transporte y Obras Públicas, al tomar intervención, no formula objeciones a la gestión promovida en autos

CONSIDERANDO: que dicha dependencia informa que no está previsto la iniciación a corto plazo de las obras mencionadas y no siendo necesario mantener el registro de la misma en el Inventario de Canteras de Obras Públicas, corresponde en la especie darle la baja pertinente

ATENTO: a lo dispuesto en el artículo 250 de la Ley N°16.320 de 1° de noviembre de 1992 y Resolución del Poder Ejecutivo de fecha 6 de marzo de 2002

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

RESUELVE:

1°.- Desaféctase del Inventario de Canteras de Obras Públicas el siguiente bien: yacimiento de calizas sedimentarias (mineral clase III) en la 2ª Sección Judicial del Departamento de Río Negro, predio padrón N°3380, de acuerdo a la gestión promovida por la Dirección Nacional de Vialidad en autos

2°.- Comuníquese, publíquese y vuelva a la mencionada dependencia, a sus efectos.-