20/05/04
20/05/04 - DESAFECTACIÓN DEL INVENTARIO DE CANTERAS DE
OBRAS PÚBLICAS DE YACIMIENTO DE CALIZAS SEDIMENTARIAS DEL DEPARTAMENTO DE
RÍO NEGRO
VISTO: la gestión promovida por la Dirección
Nacional de Vialidad, tendiente a la baja del Inventario de Canteras de
Obras Públicas del yacimiento de calizas sedimentarias (mineral clase III),
ubicado en el padrón N° 3380 de la 2ª Sección Judicial del Departamento
de Río Negro
RESULTANDO: I) Que por Resolución del Poder
Ejecutivo de fecha 6 de marzo de 2002, incluyó en el Inventario mencionado,
dicho yacimiento para su utilización por parte de la Dirección Nacional de
Vialidad en las obras: "Ruta N°25 Tramo: Tres Bocas-Young", en el
marco de lo establecido por el artículo 250 de la Ley N° 16.320 de 1° de
noviembre de 1992
II) Que el Departamento Letrada del Ministerio de
Transporte y Obras Públicas, al tomar intervención, no formula objeciones
a la gestión promovida en autos
CONSIDERANDO: que dicha dependencia informa que no
está previsto la iniciación a corto plazo de las obras mencionadas y no
siendo necesario mantener el registro de la misma en el Inventario de
Canteras de Obras Públicas, corresponde en la especie darle la baja
pertinente
ATENTO: a lo dispuesto en el artículo 250 de la Ley
N°16.320 de 1° de noviembre de 1992 y Resolución del Poder Ejecutivo de
fecha 6 de marzo de 2002
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
1°.- Desaféctase del Inventario de Canteras de
Obras Públicas el siguiente bien: yacimiento de calizas sedimentarias
(mineral clase III) en la 2ª Sección Judicial del Departamento de Río
Negro, predio padrón N°3380, de acuerdo a la gestión promovida por la
Dirección Nacional de Vialidad en autos
2°.- Comuníquese, publíquese y vuelva a la
mencionada dependencia, a sus efectos.-