20/05/04
    
    20/05/04 - DESAFECTACIÓN DEL INVENTARIO DE CANTERAS DE
    OBRAS PÚBLICAS DE YACIMIENTO DE CALIZAS SEDIMENTARIAS DEL DEPARTAMENTO DE
    RÍO NEGRO
    
    VISTO: la gestión promovida por la Dirección
    Nacional de Vialidad, tendiente a la baja del Inventario de Canteras de
    Obras Públicas del yacimiento de calizas sedimentarias (mineral clase III),
    ubicado en el padrón N° 3380 de la 2ª Sección Judicial del Departamento
    de Río Negro
    
    RESULTANDO: I) Que por Resolución del Poder
    Ejecutivo de fecha 6 de marzo de 2002, incluyó en el Inventario mencionado,
    dicho yacimiento para su utilización por parte de la Dirección Nacional de
    Vialidad en las obras: "Ruta N°25 Tramo: Tres Bocas-Young", en el
    marco de lo establecido por el artículo 250 de la Ley N° 16.320 de 1° de
    noviembre de 1992
    
    II) Que el Departamento Letrada del Ministerio de
    Transporte y Obras Públicas, al tomar intervención, no formula objeciones
    a la gestión promovida en autos
    
    CONSIDERANDO: que dicha dependencia informa que no
    está previsto la iniciación a corto plazo de las obras mencionadas y no
    siendo necesario mantener el registro de la misma en el Inventario de
    Canteras de Obras Públicas, corresponde en la especie darle la baja
    pertinente
    
    ATENTO: a lo dispuesto en el artículo 250 de la Ley
    N°16.320 de 1° de noviembre de 1992 y Resolución del Poder Ejecutivo de
    fecha 6 de marzo de 2002
    
    EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
    RESUELVE:
    1°.- Desaféctase del Inventario de Canteras de
    Obras Públicas el siguiente bien: yacimiento de calizas sedimentarias
    (mineral clase III) en la 2ª Sección Judicial del Departamento de Río
    Negro, predio padrón N°3380, de acuerdo a la gestión promovida por la
    Dirección Nacional de Vialidad en autos
    
    2°.- Comuníquese, publíquese y vuelva a la
    mencionada dependencia, a sus efectos.-