la necesidad de
difundir y conciliar los resultados fiscales en la oportunidad debida.-
RESULTANDO: que existen atrasos en la información de
los resultados fiscales, medidos por fuente de financiamiento.-
CONSIDERANDO: I) que la difusión de las
estadísticas es relevante para la toma de decisiones.-
II) que una adecuada difusión impacta, entre otros
aspectos, en el costo de financiamiento del gobierno y, por ende, de las
empresas y familias del País.-
III) que la aperiodicidad en el conocimiento público
de los resultados, no favorece un clima de confianza por parte de los
agentes.-
ATENTO: a lo expuesto.-
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
1°) Constitúyase una Comisión con el cometido de
realizar el seguimiento y control de los resultados fiscales, medidos por
fuente de financiamiento, con la finalidad de conciliar los referidos
resultados fiscales, dentro de los 60 días posteriores al cierre de cada
mes.-
2°) La Comisión estará, integrada por un
representante y su respectivo alterno del Ministerio de Economía y
Finanzas, que la presidirá, del Banco Central del Uruguay, del Banco de la
República Oriental del Uruguay y del Banco Hipotecario del Uruguay.-
3°) Los miembros de la Comisión tendrán carácter
honorario y la designación no les dará la categoría de funcionarios
públicos.-
3°) Comuníquese, etc.-