26/05/04  

26/05/04 - INMUNIDAD IMPOSITIVA PARA IMPORTACIÓN PROMOVIDA POR LA UNIVERSIDAD DE LA REPÚBLICA - FACULTAD DE VETERINARIA

VISTO: la gestión promovida por la Universidad de la República - Facultad de Veterinaria, en la que solicita exoneración de recargos y demás gravámenes que pudieran corresponder para la importación de diversos bienes.-

RESULTANDO: que los bienes de referencia serán destinados a trabajos de docencia e

investigación para uno de los Proyectos que lleva cabo la gestionante.-

CONSIDERANDO: I) que el articulo 463° de la Ley N° 16.226, de 29 de octubre de 1991, declara que el Estado, los Organismos comprendidos en el articulo 220° de la Constitución de la República y los Gobiernos Departamentales gozan de inmunidad impositiva, tanto nacional como departamental; por los bienes y actividades no comerciales ni industriales.-

II) que el articulo 581° de la Ley N° 17.296, de 21 de febrero de 2001, reglamentado por Decreto N° 333/001, de 21 de agosto de 2001, dispone que la inmunidad impositiva establecida por el articulo 463° de la Ley N° 16.226 citada, no tendrá aplicación cuando la misma implique un trato discriminatorio para los bienes de producción nacional ofrecidos en plaza con respecto a los importados.-

III) que el Ministerio de Industria, Energía y Minería informa que no existe producción nacional sustitutiva de los referidos bienes.-

ATENTO: a lo informado por la División Técnico Fiscal y la Asesoría Jurídica del Ministerio de Economía y Finanzas.-

 

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

R E S U E L V E:

1°) Declárase que los bienes detallados a continuación, a importar por la Universidad de la República con destino a la Facultad de Veterinaria, se encuentran incluidos en el régimen de inmunidad impositiva referido en el artículo 463° de la Ley N° 16.226, de 29 de octubre de 1991: tres CTC/5f Pressure Trasducer S/N° 40059-61, un DC-Micromotor 3564K 024 BC, dos DC-Micromotor 3564K 024 B K1155, un Motioncontroller Drive Circuit MCBL-2805, un Starter Kit Board Drive Circuit Parts, dos comp. cable RC232 y un Multiplexer Board Drive Circuit Parts .-

2°) La importación estará exonerada de los siguientes tributos: Tasa Global Arancelaria, Impuesto de Contribución al Financiamiento de la Seguridad Social, Impuesto al Valor Agregado, Tasas Consulares, Tasa de Servicios Extraordinarios y Tasa de Servicios Automatizados.-

3°) Comuníquese y archívese.