03/06/04 

02/06/04 - INCLUSIÓN DE PARTIDA EN RESOLUCIÓN DEL PODER EJECUTIVO DE 24/12/2003 QUE ADJUDICA LICITACIÓN PÚBLICA N° 2/03

VISTO: estos antecedentes relacionados con la ampliación de los trabajos denominados: "Contrato de Mantenimiento Rutinario Integral en la Regional 7 en tramos de Rutas Nros. 12, 21, 22 y 54 de los Departamentos de Colonia y Soriano"

RESULTANDO: I) Que los mencionados trabajos fueron adjudicados por Resolución del Poder Ejecutivo de fecha 24 de diciembre de 2003, a la empresa SENDA S.R.L., como resultado de la Licitación Pública N°2/03, formulada por la Dirección Nacional de Vialidad

II) Que en la oportunidad, la citada Dirección Nacional por nota de 11 de febrero de 2004, solicita se autorice una partida de Imprevistos por la suma de $2:641.957,02, imprescindibles para el cumplimiento del Contrato de referencia, según fuera aconsejado por informe de la Comisión Asesora de Adjudicaciones de fecha 28 de mayo de 2003 y que no fuera calculado por dicha Comisión en su informe de fecha 27 de junio de 2003

III) Que el Tribunal de Cuentas de la República (Oficina Central - Carpeta N° 200.197), ha tomado la intervención que le compete, sin formular observaciones al respecto

ATENTO: a lo establecido en el artículo 63 del "TOCAF 1996", puesto en vigencia por el Decreto N°194/997 de 10 de junio de 1997

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

RESUELVE:

1°.- Inclúyase en el Numeral 3° de la Resolución del Poder Ejecutivo de fecha 24 de diciembre de 2003, por la que fueron adjudicadas las obras denominadas: "Contrato de Mantenimiento Rutinario Integral en la Regional 7 en tramos de Rutas Nros. 12, 21, 22 y 54 de los Departamentos de Colonia y Soriano", a la empresa SENDA S.R.L., como resultado de la Licitación Pública N° 2/03, una partida de $2:641.957,02, (pesos uruguayos dos millones seiscientos cuarenta y un mil novecientos cincuenta y siete con dos centésimos), con destino a atender posibles Imprevistos

2°.- La erogación total de $2:641.957,02 (pesos uruguayos dos millones seiscientos cuarenta y un mil novecientos cincuenta y siete con dos centésimos), se atenderá con cargo a la Ley N°17.296 de 21 febrero de 2001, Inciso 10, Programa 855, Financiación 1.4 (FIMTOP)

3°.- Comuníquese y previa toma de razón de la División Contabilidad y Finanzas y el Contador Central delegado por el Tribunal de Cuentas de la República en esta Secretaria de Estado, vuelva a la Dirección Nacional de Vialidad, a sus efectos.-