estos antecedentes
elevados por el Proyecto de Asistencia de Emergencia para la Erradicación
de la Fiebre Aftosa;
RESULTANDO: I) por resolución de fecha 12 de agosto
de 2003, el Poder Ejecutivo adjudicó al Consorcio integrado por las firmas
Sonda Uruguay S.A., Choel S.A. y Gonda Jodal y otro Soc. de Hecho, la
licitación pública internacional N° 001/2002, para la provisión y
operación de un Sistema Nacional de Información Ganadera;
II) el Ministerio de Economía y Finanzas, por
resolución de 22 de abril de 2004, dispuso el refuerzo en el Inciso 24
"Diversos Créditos" Unidad Ejecutora 007 "Ministerio de
Ganadería Agricultura y Pesca", el objeto del gasto, 749 "otras
Partidas a Reaplicar", en la Financiación 2.1 "Endeudamiento
Externo", la suma equivalente en moneda nacional a U$S 1:258.000, a fin
de dar cumplimiento al pago de la cuota parte correspondiente a gastos de
funcionamiento del PAEFA, Préstamo 7070 suscrito con el BIRF;
III) el PAEFA solicita se atiendan las obligaciones
emergentes del contrato suscrito para la provisión y operación de un
Sistema Nacional de Información Ganadera, por el presente ejercicio, de
acuerdo con la financiación resuelta por el Ministerio de Economía y
Finanzas;
CONSIDERANDO: conveniente proveer en la forma
solicitada por el PAEFA;
ATENTO: a lo expuesto precedentemente y a lo
preceptuado por el Art. 27 del TOCAF,
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE
1º).- Las obligaciones correspondientes al contrato
suscrito para la provisión y operación de un Sistema Nacional de
Información Ganadera, en el presente ejercicio, se atenderán con cargo al
Convenio de Préstamo 7070 UR BIRF - Proyecto de Asistencia de Emergencia
para la Erradicación de la Fiebre Aftosa,
Financiamiento 2.1, Endeudamiento Externo, Inciso 24,
Unidad Ejecutora 07, por un monto de U$S 897.615,33 y la cuota parte con
cargo a Aporte Local se financiarán con cargo a Financiamiento 1.1, Rentas
Generales, Inciso 07, Unidad Ejecutora 01, Proyecto 717, por un monto de U$S
61.672,81 y el resto, U$S 213.071,51, con cargo a financiamiento 1.3,
proveniente de la recaudación que obtuviere el Ministro de Ganadería,
Agricultura y Pesca, por la venta de Identificadores de Ganado;
2º).- Comuníquese y, a sus efectos, vuelva al
PAEFA.