11/06/04
10/06/04 – DESIGNACIÓN DE MÉDICO RESIDENTE EN ASSE
VISTO: estos antecedentes relacionados con el
Concurso de Pruebas realizado para proveer un cargo de Médico Residente en
la Especialidad de Administración de los Servicios de Salud, en la Unidad
Ejecutora 068-.Administración de los Servicios de Salud del Estado
CONSIDERANDO: I) que el Tribunal que entendió en
dicho Concurso determinó de acuerdo con el resultado obtenido, la doctora
Mónica Gabriela Silva Fontinovo está capcitada para ocupar dicho cargo
II) que de acuerdo a las normas reglamentarias
vigentes al respecto, la Residencia Médica deberá desempeñarse por un
periodo de tres años, sujeto el primero, al resultado del Concurso
respectivo y los dos sucesivos a la reelección anual a propuesta de la
Comisión Técnica de Residencias Médicas Hospitalarias
IlI) que la Comisión de referencia dispuso comenzar
el desempeño de los cargos concursados a partir del 1° de abril de 2004
hasta el 31 de marzo del 2007
IV) lo informado por la Gerencia de Recursos Humanos
de la Administración de los Servicios de Salud del Estado
ATENTO: a lo establecido por el Decreto-Ley N°
15.372 de 4 de abril de 1983 y el artículo 429 de la Ley W 16.170 de 28 de
diciembre de 1990
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
1°.- Designase a partir del 1° de abril de 2004, en
el Inciso 12 -Ministerio de Salud Pública- para ocupar por Concurso de
Pruebas un cargo de Médico Residente en la Especialidad de Administración
de los Servicios de Salud en la Unidad Ejecutara 068 -Administración de los
Servicios de Salud del Estado (Programa 005 - Esc. A - Gdo. 08 - Correlativo
801788), ala doctora MÓNICA GABRIELA SILVA FONTINOVO (C.I. 1.908.098-2)
(C.C. ARA 15824)
2°.- Dispónese que el régimen horario a cumplir
por dicho técnico será entre 40 y 48 horas semanales de labor
3°.- Póngase en conocimiento de la Oficina Nacional
del Servicio Civil a través de la página Web por intermedio de la
División de Recursos Humanos de la Administración de los Servicios de
Salud del Estado y la Contaduría General de la Nación
4°.- Pase a sus efectos ala Administración de los
Servicios de Salud del Estado.-