11/06/04

10/06/04 – SE AUTORIZA SUSCRIPCIÓN DE CONVENIO ENTRE LA INTENDENCIA MUNICIPAL DE CANELONES, EL MVOTMA Y LA COOPERATIVA DE VIVIENDAS LA ESPERANZA

VISTO: la situación de emergencia habitacional en que se encuentran varias familias del departamento de Canelones;

RESULTANDO: I) que por nota remitida al Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente se solicita apoyo para resolver la problemática habitacional de familias que habitan el Asentamiento Corfrisa, en la ciudad de Las Piedras, departamento de Canelones, a través de la implementación de un programa de suministro de viviendas por la modalidad Grupo Siav con Ayuda Mutua;

II) que la Intendencia Municipal de Canelones solicita la construcción de cuarenta y un (41) soluciones habitacionales, para ser adjudicadas a familias que integran la Cooperativa de la Ciudad de Las Piedras, que tienen insatisfecha su necesidad de vivienda;

III) que corresponde autorizar la celebración de un convenio entre la Intendencia Municipal de Canelones, el Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente y la Cooperativa de Viviendas "La Esperanza" que tiene por objeto solucionar la situación de emergencia habitacional;

IV) que la Intendencia Municipal de Canelones se .compromete a: I) suministrar balasto para el relleno del terreno; II) Maquinaria y mano de obra para la compactación y construcción de calles, III) exoneración de pago de las tasas por permisos de construcción; IV) Expedir Final Municipal de acuerdo a las condiciones del sistema.

V) que la Cooperativa de Viviendas "La Esperanza" aportará: I) Mano de Obra benévola, de acuerdo al Reglamento de Ayuda Mutua elaborado por el Instituto de Asistencia Técnica (I.A.T.) para la construcción de las soluciones habitacionales en la proporción estipulada en el plan de trabajo presentado por el IAT y aprobado por el Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente;

VI) que asimismo el Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente aportará: Un subsidio habitacional a la cooperativa por un monto de unidades reajustables cuarenta y siete mil ciento cincuenta (UR 47.150), a razón de unidades reajustables un mil ciento cincuenta (UR 1.150); II) La supervisión de las obras y certificación de avance de obra;

CONSIDERANDO: I) que con la suscripción del referido Convenio se tiende a solucionar la problemática habitacional de familias que habitan el Asentamiento Corfrisa, departamento de Canelones;

II) que el objeto del Convenio constituye cumplimiento de los cometidos asignados al Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente;

ATENTO: a lo expuesto precedentemente y a lo dispuesto por el artículo 3 numeral 9 de la Ley N° 16112;

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

RESUELVE:

1°.- Autorízase, la suscripción de un Convenio entre la Intendencia Municipal de Canelones, el Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente y la Cooperativa de Viviendas "La Esperanza", a fin de solucionar la problemática habitacional de cuarenta y una (41) familias del departamento de Canelones Ciudad de Las Piedras, que se encuentran en situación de emergencia habitacional.-

2°.- La erogación resultante asciende a U.R. 47.150 (unidades reajustables cuarenta y siete mil ciento cincuenta), se imputará con cargo al Fondo Nacional de Vivienda y Urbanización.-

3°.- Vuelva al Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, a sus efectos.-