11/06/04
    
    09/06/04 - SE APRUEBA CONVENIO ENTRE EL MTOP Y LA
    COMISIÓN DE PADRES PRO-HOGAR DE DISCAPACITADOS INTELECTUALES DE MELO
    (CO.PA.H.D.I.M.)
    VISTO: el Convenio celebrado el 18 de mayo de 2004,
    entre el Ministerio de Transporte y Obras Públicas y la Comisión de Padres
    Pro-Hogar de Discapacitados Intelectuales de Melo (CO.PA.H.D.I.M.), del
    Departamento de Cerro Largo.
    
    RESULTANDO: I) que el citado Ministerio contribuye
    para realizar la construcción de la primera etapa de la sede, con la suma
    de $580.000.- en efectivo;
    
    II) Que dicha Asociación, por su parte, contribuye
    con la suma de $580.000,- discriminada en el Convenio;
    
    III) Que la División Contabilidad y Finanzas del
    Ministerio de Transporte y Obras Públicas y el Contador Central Delegado,
    han efectuado la intervención previa que les compete;
    
    CONSIDERANDO: conveniente aprobar dicho Convenio;
    
    ATENTO: A lo precedentemente expuesto.
    
    EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
    RESUELVE:
    1°.- Apruébase, en todas sus partes, el Convenio
    celebrado el 18 de mayo de 2004, entre el Ministerio de Transporte y Obras
    Públicas y la Comisión de Padres Pro-Hogar de Discapacitados Intelectuales
    de Melo (CO.PA.H.D.I.M.), del Departamento de Cerro Largo, para realizar la
    construcción de la primera etapa de la sede.
    
    2°.- Autorízase, la inversión de la suma de
    $580.000.- (pesos uruguayos quinientos ochenta mil), como contribución del
    citado Ministerio a las obras de que se trata, la que se atenderá con cargo
    a la Ley N°16.736 del 5 de enero de 1996, Inciso 10, Unidad Ejecutora 001,
    Financiación 14, Programa 001, Proyecto 702, Objeto de Gasto 564, Ejercicio
    2004, existiendo créditos disponibles de acuerdo con el Artículo 1° del
    Decreto N°24/999 de fecha 3 de febrero de 1999, Afectación N° 269, y con
    el Decreto 90/000 de 3 de marzo de 2000.
    
    3°.- Autorízase el pago, por el Ministerio de
    Transporte y Obras Públicas, de la suma de $580.000.- (pesos uruguayos
    quinientos ochenta mil), en 2 (dos) cuotas de $290.000.- (pesos uruguayos
    doscientos noventa mil) cada una, a favor del Banco de la República
    Oriental del Uruguay, para ser depositadas en la Cuenta de Caja de Ahorros
    024-001628-4, perteneciente a la Comisión de Padres Pro-Hogar de
    Discapacitados Intelectuales de Melo (CO.PA.H.D.I.M.), las que se atenderán
    con cargo a los recursos que por la presente Resolución se autorizan.
    
    4°.- Comuníquese y previa intervención por parte
    de la División Contabilidad y Fiananzas del Ministerio de Transporte y
    Obras Públicas y el Contador Central Delegado, vuelva al Departamento de
    Convenios a sus efectos.