11/06/04
09/06/04 - SE APRUEBA CONVENIO ENTRE EL MTOP Y LA
COMISIÓN DE PADRES PRO-HOGAR DE DISCAPACITADOS INTELECTUALES DE MELO
(CO.PA.H.D.I.M.)
VISTO: el Convenio celebrado el 18 de mayo de 2004,
entre el Ministerio de Transporte y Obras Públicas y la Comisión de Padres
Pro-Hogar de Discapacitados Intelectuales de Melo (CO.PA.H.D.I.M.), del
Departamento de Cerro Largo.
RESULTANDO: I) que el citado Ministerio contribuye
para realizar la construcción de la primera etapa de la sede, con la suma
de $580.000.- en efectivo;
II) Que dicha Asociación, por su parte, contribuye
con la suma de $580.000,- discriminada en el Convenio;
III) Que la División Contabilidad y Finanzas del
Ministerio de Transporte y Obras Públicas y el Contador Central Delegado,
han efectuado la intervención previa que les compete;
CONSIDERANDO: conveniente aprobar dicho Convenio;
ATENTO: A lo precedentemente expuesto.
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
1°.- Apruébase, en todas sus partes, el Convenio
celebrado el 18 de mayo de 2004, entre el Ministerio de Transporte y Obras
Públicas y la Comisión de Padres Pro-Hogar de Discapacitados Intelectuales
de Melo (CO.PA.H.D.I.M.), del Departamento de Cerro Largo, para realizar la
construcción de la primera etapa de la sede.
2°.- Autorízase, la inversión de la suma de
$580.000.- (pesos uruguayos quinientos ochenta mil), como contribución del
citado Ministerio a las obras de que se trata, la que se atenderá con cargo
a la Ley N°16.736 del 5 de enero de 1996, Inciso 10, Unidad Ejecutora 001,
Financiación 14, Programa 001, Proyecto 702, Objeto de Gasto 564, Ejercicio
2004, existiendo créditos disponibles de acuerdo con el Artículo 1° del
Decreto N°24/999 de fecha 3 de febrero de 1999, Afectación N° 269, y con
el Decreto 90/000 de 3 de marzo de 2000.
3°.- Autorízase el pago, por el Ministerio de
Transporte y Obras Públicas, de la suma de $580.000.- (pesos uruguayos
quinientos ochenta mil), en 2 (dos) cuotas de $290.000.- (pesos uruguayos
doscientos noventa mil) cada una, a favor del Banco de la República
Oriental del Uruguay, para ser depositadas en la Cuenta de Caja de Ahorros
024-001628-4, perteneciente a la Comisión de Padres Pro-Hogar de
Discapacitados Intelectuales de Melo (CO.PA.H.D.I.M.), las que se atenderán
con cargo a los recursos que por la presente Resolución se autorizan.
4°.- Comuníquese y previa intervención por parte
de la División Contabilidad y Fiananzas del Ministerio de Transporte y
Obras Públicas y el Contador Central Delegado, vuelva al Departamento de
Convenios a sus efectos.