11/06/04

09/06/04 - SE APRUEBA CONVENIO ENTRE EL MTOP Y LA COMISIÓN DE PADRES PRO-HOGAR DE DISCAPACITADOS INTELECTUALES DE MELO (CO.PA.H.D.I.M.)

VISTO: el Convenio celebrado el 18 de mayo de 2004, entre el Ministerio de Transporte y Obras Públicas y la Comisión de Padres Pro-Hogar de Discapacitados Intelectuales de Melo (CO.PA.H.D.I.M.), del Departamento de Cerro Largo.

RESULTANDO: I) que el citado Ministerio contribuye para realizar la construcción de la primera etapa de la sede, con la suma de $580.000.- en efectivo;

II) Que dicha Asociación, por su parte, contribuye con la suma de $580.000,- discriminada en el Convenio;

III) Que la División Contabilidad y Finanzas del Ministerio de Transporte y Obras Públicas y el Contador Central Delegado, han efectuado la intervención previa que les compete;

CONSIDERANDO: conveniente aprobar dicho Convenio;

ATENTO: A lo precedentemente expuesto.

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

RESUELVE:

1°.- Apruébase, en todas sus partes, el Convenio celebrado el 18 de mayo de 2004, entre el Ministerio de Transporte y Obras Públicas y la Comisión de Padres Pro-Hogar de Discapacitados Intelectuales de Melo (CO.PA.H.D.I.M.), del Departamento de Cerro Largo, para realizar la construcción de la primera etapa de la sede.

2°.- Autorízase, la inversión de la suma de $580.000.- (pesos uruguayos quinientos ochenta mil), como contribución del citado Ministerio a las obras de que se trata, la que se atenderá con cargo a la Ley N°16.736 del 5 de enero de 1996, Inciso 10, Unidad Ejecutora 001, Financiación 14, Programa 001, Proyecto 702, Objeto de Gasto 564, Ejercicio 2004, existiendo créditos disponibles de acuerdo con el Artículo 1° del Decreto N°24/999 de fecha 3 de febrero de 1999, Afectación N° 269, y con el Decreto 90/000 de 3 de marzo de 2000.

3°.- Autorízase el pago, por el Ministerio de Transporte y Obras Públicas, de la suma de $580.000.- (pesos uruguayos quinientos ochenta mil), en 2 (dos) cuotas de $290.000.- (pesos uruguayos doscientos noventa mil) cada una, a favor del Banco de la República Oriental del Uruguay, para ser depositadas en la Cuenta de Caja de Ahorros 024-001628-4, perteneciente a la Comisión de Padres Pro-Hogar de Discapacitados Intelectuales de Melo (CO.PA.H.D.I.M.), las que se atenderán con cargo a los recursos que por la presente Resolución se autorizan.

4°.- Comuníquese y previa intervención por parte de la División Contabilidad y Fiananzas del Ministerio de Transporte y Obras Públicas y el Contador Central Delegado, vuelva al Departamento de Convenios a sus efectos.