11/06/04
    
    10/06/04 – DESIGNACIONES DE MÉDICOS RESIDENTES EN LA
    ESPECIALIDAD DE SIQUIATRÍA
    VISTO: estos antecedentes relacionados con el
    Concurso de Pruebas realizado para proveer 5 (cinco) cargos de Médico
    Residente en la Especialidad Siquiatría en la Administración de los
    Servicios de Salud del Estado;
    
    CONSIDERANDO: I) que el Tribunal que entendió en
    dicho Concurso determinó de acuerdo con el resultado obtenido los Técnicos
    Médicos que ocuparán los referidos cargos;
    
    II) que de acuerdo a las normas reglamentarias
    vigentes al respecto, la Residencia Médica deberá desempeñarse por un
    periodo de tres años, sujeto el primero, al resultado del Concurso
    respectivo y los dos sucesivos a la reelección anual a propuesta de la
    Comisión Técnica de Residencias Médicas Hospitalarias;
    
    III) que la Comisión de referencia dispuso comenzar
    el desempeño de los cargos concursados a partir del 1° de abril de 2004
    hasta el 31 de marzo del 2007;
    
    IV) lo informado por la Gerencia de Recursos Humanos
    de la Administración de los Servicios de Salud del Estado;
    
    ATENTO: a lo establecido por el Decreto-Ley N°
    15.372 de 4 de abril de 1983 y el artículo 429 de la Ley N° 16.170 de 28
    de diciembre de 1990;
    
    EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
    RESUELVE:
    1°.- Desígnanse a partir del 1° de abril de 2004,
    en el Inciso 12- Ministerio de Salud Pública- para ocupar por Concurso de
    Pruebas 5 (cinco) cargos de Médico Residente en la Especialidad de
    Siquiatría en la Unidad Ejecutara 068 - Administración de los Servicios de
    Salud del Estado (Programa 005 -Esc.A -G.08) a las personas que se detallan
    a continuación:
    1) Doctora SOLEDAD GARCÍA DETOMASI (C.I. 3.735.223-2)
    (C.C. AUA 20595) - Correlativo 801784.
    2) Doctora ANA LAURA FERRO GUIDI (C.I. 1.967.350-7) (C.C.
    BJB 21081) -Correlativo 801781.
    3) Doctora ALICIA BARRACHINA MORETTI (C.I. 1.407.289-1)
    (C.C. ARB 13054) -Correlativo 801783).
    4) Doctora MARIA LIA REDES LOPERENA (C.I. 2.893.478-4)
    (C.C. CFA 20360) -Correlativo 801782.
    5) Doctora LEONOR PEREIRA FERRARI (C.I. 3.632.325-8)
    (C.C. AAB 7236) -Correlativo 801780.
    
    2°.- Dispónese que el régimen horario a cumplir
    por dichos técnicos será entre 40 y 48 horas semanales de labor.
    
    3°.- Póngase en conocimiento de la Oficina Nacional
    del Servicio Civil a través de la página Web por intermedio de la
    División de Recursos Humanos de la Administración de los Servicios de
    Salud del Estado y la Contaduría General de la Nación.
    
    4°.- Pase a sus efectos a la Administración de los
    Servicios de Salud del Estado.