21/06/04
17/06/04 – SE ADJUDICA A LA COOPERATIVA DE VIVIENDAS
"LA CASONA" BAJO LA MODALIDAD GRUPO SIAV, UN CERTIFICADO DE
SUBSIDIO HABITACIONAL DIRECTO –NBE-
VISTO: la situación de emergencia habitacional en
que se encuentran las familias que viven en asentamientos irregulares,
careciendo de la propiedad del suelo utilizado , construyendo viviendas que
no poseen en las condiciones mínimas de habitabilidad requeridas;
RESULTANDO: I) que la Cooperativa de Viviendas de
Ayuda Mutua LA CASONA ha manifestado el deseo de regularizar su situación,
planteando que el Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio
Ambiente le proporcione los fondos necesarios para la compra del terreno
ocupado, una canasta de materiales y el asesoramiento técnico
imprescindible para mejorar las condiciones mínimas de habitabilidad;
II) que el Ministerio de Vivienda Ordenamiento
Territorial y Medio Ambiente aportará: a) 107 subsidios habitacionales por
un monto de noventa mil novecientas cincuenta unidades reajustables (UR
90.950), a razón de ochocientas cincuenta unidades reajustables (UR 850)
por cada solución habitacional, que tendrá como destino el aporte de 107
canastas de materiales, el asesoramiento técnico necesario y la compra del
creado del fraccionamiento del predio Padrón No.404341 sito en la Sección
Judicial 11a. del departamento de Maldonado; b) La supervisión y
seguimiento de las obras;
CONSIDERANDO: I) que la suscripción del referido
convenio tiende a solucionar la problemática habitacional de ciento siete
(107) familias de la ciudad de Montevideo, departamento del mismo nombre;
II) la necesidad de fortalecer las políticas
nacionales de regularización de asentamientos informales proveyendo a la
población de menores recursos de un suelo propio, canasta de
materiales y asesoramiento técnico;
ATENTO: a lo expuesto precedentemente:
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
1°.-Adjudíquese, a los siguientes inscriptos en el
Registro Nacional de Postulantes, integrantes de la Cooperativa de Vivienda
"LA CASONA" bajo la modalidad Grupo SIAV, un Certificado de
Subsidio Habitacional Directo -NBE- Valor U.R. 850 UR (Unidades Reajustables
ochocientas cincuenta) :
2°.- Otórgase un plazo de treinta días hábiles
para regularizar la situación de inscripción y/o ahorro previo, vencido el
cual se los tendrá por desadjudicados automáticamente y sin trámite,-
3°.- Vuelva al Ministerio de Vivienda, Ordenamiento
Territorial y Medio Ambiente, a sus efectos,-