21/06/04
17/06/04 – SE AMPLIA LICITACIÓN PÚBLICA Nº 1/03.
VISTO: la gestión promovida por la Dirección
Nacional de Vialidad del Ministerio de Transporte y Obras Públicas
tendiente a la ampliación de un 100% del suministro denominado:
"Adquisición de neumáticos, cámaras y protectores", a cargo de
las firmas IMPORT TRADING LTDA. y RA S.A.
RESULTANDO: I) Que el citado suministro fue
adjudicado a las referidas firmas en las respectivas sumas de U$S 27.230,75
y U$S 347.133,00 (I.V.A. y COFIS incluidos) por Resolución del Poder
Ejecutivo de 3 de setiembre de 2003, según el resultado del llamado a
Licitación Pública N° 1/03 formulado por la mencionada Dirección
Nacional.
II) Que, en la presente gestión se solicita
la ampliación del 100% del suministro, según el artículo 4° del Pliego
de Condiciones Particulares, en razón de hacerse imperiosa la urgencia de
la reposición de los elementos de que se trata, en las máquinas y camiones
de las Regionales de la Dirección Nacional licitante, las que sufrieron un
déficit de la mencionada reposición en los años 2001 y 2002. Por otra
parte se informa que un nuevo llamado a Licitación, conduciría a los
plazos que exceden largamente el tiempo en que se debe contar con el anotado
suministro.
III) Que ambas firmas prestaron conformidad a
la ampliación, en tanto que los servicios técnicos de la Dirección
Nacional de Vialidad informan que consultados los precios en plaza,
resultaron ser más convenientes los ofertados en la Licitación de
referencia.
IV) Que el Departamento Contaduría de la citada
Dirección Nacional informó los créditos con qué se atenderá la presente
ampliación y el Tribunal de Cuentas de la República (Oficina
Central-Carpeta N°199.561) practicó la intervención que le compete.
ATENTO: a lo dispuesto por el artículo' 63.
" del Decreto N°194/997 de 10 de junio de 1997 que aprobó el
"TOCAF 1996" y lo establecido por los Decretos N°s 90/000 y
295/000 de 3 de marzo y 11 de octubre de 2000.
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
1º.- Amplíase en un 100% a las firmas IMPORT
TRADING LTDA. y RA S.A., el monto del suministro adjudicado por Resolución
del Poder Ejecutivo de 3 de setiembre de 2003 como resultado del llamado a
Licitación Pública N°1/03 convocado por la Dirección Nacional de
Vialidad, para el suministro denominado "Adquisición de neumáticos,
cámaras y protectores", según el siguiente detalle: a IMPORT TRADING
LTDA., por la suma de U$S 27.230,75 (dólares estadounidenses veintisiete
mil doscientos treinta con setenta y cinco centavos) y a RA S.A. por la suma
de U$S 347.133,00 (dólares estadounidenses trescientos cuarenta y siete mil
ciento treinta y tres), en ambos casos incluidos el IVA y el COFIS.
La referida ampliación se autoriza en las condiciones
establecidas por el Pliego de Condiciones Particulares que rige el llamado
respectivo, así como por los rubros, precios y demás condiciones
dispuestas en la citada Resolución del Poder Ejecutivo de 3 de setiembre de
2003.
2°.- Autorízase a los fines indicados, la
inversión de la suma de $11:738.550 (pesos uruguayos: once millones
setecientos treinta y ocho mil quinientos cincuenta) equivalente a U$S
374.363,75 al tipo de cambio de $30,15 por dólar, más un 4% para atender
posibles variaciones cambiarias, la cual se atenderá con cargo a la Ley
N°17.296 de 21 de febrero de 2001, Inciso 10, Programa 003, Proyecto 855,
Financiación 1.4 FIMTOP, Ejercicio 2004 (Constancia de Afectación N°79)
3°.- Establécese que la notificación de la
presente ampliación será a todos los efectos legales, el Contrato
respectivo, siendo los derechos y obligaciones de las empresas contratistas
los que surgen de los recaudos del Pliego de Condiciones Particulares que
rigió la licitación de referencia, Pliegos Generales y normativa legal
vigente y aplicable en la especie.
4.- Establécese, asimismo, que las firmas
adjudicatarias contarán con un plazo de 5 (cinco) días hábiles cada una,
a partir del siguiente al de su notificación, a fin de hacer efectivo el
depósito de ampliación de Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato, por
el 5% del monto ampliado, a través de los documentos de estilo, en el
Departamento Notarial del Ministerio de Transporte y Obras Públicas,
requisito cuya omisión configurará incumplimiento contractual y podrá dar
lugar a la aplicación de las sanciones pertinentes.
5º.- Comuníquese y previa intervención del
Contador Central delegado por el Tribunal de Cuentas de la República, en el
citado Ministerio, vuelva a la Dirección Nacional de Vialidad para
notificación de las firmas interesadas y demás efectos.