21/06/04

17/06/04 – SE AMPLIA LICITACIÓN PÚBLICA Nº 1/03.

VISTO: la gestión promovida por la Dirección Nacional de Vialidad del Ministerio de Transporte y Obras Públicas tendiente a la ampliación de un 100% del suministro denominado: "Adquisición de neumáticos, cámaras y protectores", a cargo de las firmas IMPORT TRADING LTDA. y RA S.A.

RESULTANDO: I) Que el citado suministro fue adjudicado a las referidas firmas en las respectivas sumas de U$S 27.230,75 y U$S 347.133,00 (I.V.A. y COFIS incluidos) por Resolución del Poder Ejecutivo de 3 de setiembre de 2003, según el resultado del llamado a Licitación Pública N° 1/03 formulado por la mencionada Dirección Nacional.

II) Que, en la presente gestión se solicita la ampliación del 100% del suministro, según el artículo 4° del Pliego de Condiciones Particulares, en razón de hacerse imperiosa la urgencia de la reposición de los elementos de que se trata, en las máquinas y camiones de las Regionales de la Dirección Nacional licitante, las que sufrieron un déficit de la mencionada reposición en los años 2001 y 2002. Por otra parte se informa que un nuevo llamado a Licitación, conduciría a los plazos que exceden largamente el tiempo en que se debe contar con el anotado suministro.

III) Que ambas firmas prestaron conformidad a la ampliación, en tanto que los servicios técnicos de la Dirección Nacional de Vialidad informan que consultados los precios en plaza, resultaron ser más convenientes los ofertados en la Licitación de referencia.

IV) Que el Departamento Contaduría de la citada Dirección Nacional informó los créditos con qué se atenderá la presente ampliación y el Tribunal de Cuentas de la República (Oficina Central-Carpeta N°199.561) practicó la intervención que le compete.

ATENTO: a lo dispuesto por el artículo' 63. " del Decreto N°194/997 de 10 de junio de 1997 que aprobó el "TOCAF 1996" y lo establecido por los Decretos N°s 90/000 y 295/000 de 3 de marzo y 11 de octubre de 2000.

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

RESUELVE:

1º.- Amplíase en un 100% a las firmas IMPORT TRADING LTDA. y RA S.A., el monto del suministro adjudicado por Resolución del Poder Ejecutivo de 3 de setiembre de 2003 como resultado del llamado a Licitación Pública N°1/03 convocado por la Dirección Nacional de Vialidad, para el suministro denominado "Adquisición de neumáticos, cámaras y protectores", según el siguiente detalle: a IMPORT TRADING LTDA., por la suma de U$S 27.230,75 (dólares estadounidenses veintisiete mil doscientos treinta con setenta y cinco centavos) y a RA S.A. por la suma de U$S 347.133,00 (dólares estadounidenses trescientos cuarenta y siete mil ciento treinta y tres), en ambos casos incluidos el IVA y el COFIS.

La referida ampliación se autoriza en las condiciones establecidas por el Pliego de Condiciones Particulares que rige el llamado respectivo, así como por los rubros, precios y demás condiciones dispuestas en la citada Resolución del Poder Ejecutivo de 3 de setiembre de 2003.

2°.- Autorízase a los fines indicados, la inversión de la suma de $11:738.550 (pesos uruguayos: once millones setecientos treinta y ocho mil quinientos cincuenta) equivalente a U$S 374.363,75 al tipo de cambio de $30,15 por dólar, más un 4% para atender posibles variaciones cambiarias, la cual se atenderá con cargo a la Ley N°17.296 de 21 de febrero de 2001, Inciso 10, Programa 003, Proyecto 855, Financiación 1.4 FIMTOP, Ejercicio 2004 (Constancia de Afectación N°79)

3°.- Establécese que la notificación de la presente ampliación será a todos los efectos legales, el Contrato respectivo, siendo los derechos y obligaciones de las empresas contratistas los que surgen de los recaudos del Pliego de Condiciones Particulares que rigió la licitación de referencia, Pliegos Generales y normativa legal vigente y aplicable en la especie.

4.- Establécese, asimismo, que las firmas adjudicatarias contarán con un plazo de 5 (cinco) días hábiles cada una, a partir del siguiente al de su notificación, a fin de hacer efectivo el depósito de ampliación de Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato, por el 5% del monto ampliado, a través de los documentos de estilo, en el Departamento Notarial del Ministerio de Transporte y Obras Públicas, requisito cuya omisión configurará incumplimiento contractual y podrá dar lugar a la aplicación de las sanciones pertinentes.

5º.- Comuníquese y previa intervención del Contador Central delegado por el Tribunal de Cuentas de la República, en el citado Ministerio, vuelva a la Dirección Nacional de Vialidad para notificación de las firmas interesadas y demás efectos.